UPA valora «muy positivamente» la rebaja del 15% en el IRPF 2023 para 800.000 agricultores y ganaderos

Subraya que el acuerdo con Agricultura logra la mayor reducción fiscal de la historia para el campo

La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) ha valorado «muy positivamente» la orden ministerial publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con la rebaja general del 15% en el IRPF 2023 que beneficiará a los cerca de 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos, según informa en un comunicado.

En concreto, la organización agraria ha recordado que el acuerdo firmado con el Ministerio de Agricultura el pasado 3 de abril recogía entre las 43 medidas varias orientadas a reducir la presión fiscal sobre los agricultores y ganaderos españoles.

En ese sentido, el BOE ha publicado la orden de reducciones fiscales para los agricultores y ganaderos acogidos al método de estimación objetiva, que supondrá una rebaja de la base imponible de unos 1.750 millones de euros, la mayor de la historia.

UPA ha desatcado que otros sectores, que sufrieron especialmente la climatología adversa de 2023, tendrán reducciones mayores, como el 80% para la castaña, el 50% para cereales, leguminosas, olivar y apicultura, y el 30% para uva de vinificación y sectores ganaderos en régimen extensivo.

Otra de las rebajas será la del 35% del rendimiento neto por la adquisición del gasóleo agrícola y del 15% por la compra de fertilizantes.

Además, como ya se estableció en la orden HFP/1172/2022, se revisa para el ejercicio 2023 el tratamiento tributario de las ayudas directas desacopladas de la Política Agraria Común (PAC), de manera que su tributación en proporción a los ingresos de la explotación se condiciona a la obtención de un mínimo de ingresos en la actividad distintos del de la propia ayuda directa, estableciéndose la exención de los ecorregímenes.

El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75. Además, se mantiene la reducción del índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50% del importe total de la alimentación animal, mientras que el índice único para todos los sectores ganaderos será del 0,50.

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