Un presunto represor combate su extradición a Uruguay porque dice que estuvo preso y delató pero no torturó

Considera «descabellado» pensar que pudiera maltratar a otros detenidos en la FUSNA

Fleming Julio Gallo Sconamiglio, reclamado por Uruguay por presuntos delitos de lesa humanidad por ser una de las personas que habrían torturado a los detenidos en las dependencias de los Fusileros Navales (FUSNA) durante la dictadura militar (1973-1985), se ha negado a ser extraditado argumentando que él mismo estuvo apresado en esas instalaciones en la época en la que se habrían producido los hechos por lo que es «descabellado» pensar que pudo maltratar a otros reos.

Durante la vista de extradición que se ha celebrado este lunes en la Audiencia Nacional (AN), Gallo Sconamiglio ha explicado que era militante del Partido Comunista (PC) y, por ello, decidió salir de Uruguay junto a su mujer rumbo a Argentina. «La represión arreciaba», ha recalcado. Sin embargo, su condición de «familia obrera» le obligó a regresar en 1976 para poder cobrar el seguro de desempleo que había acumulado y entonces fue detenido.

Según su relato, le delataron antiguos compañeros y acabó encarcelado en la misma FUSNA. «Que yo pudiera, como preso ahí torturar a alguien es descabellado. Yo, un procesado y condenado por la Justicia Militar, es absurdo que pueda detener a nadie y menos provocarle malos tratos», ha sostenido.

A preguntas de su abogado, ha reconocido que sí aceptó delatar a otros militantes izquierdistas a cambio de que le rebajaran la condena, si bien ha enfatizado a los magistrados que en esa época en Uruguay tuvo que haber «miles» de delaciones.

Su defensa ha resaltado que entonces esos señalamientos eran vistos como «una colaboración con la Justicia», aunque hoy ha admitido que se podrían interpretar en «términos morales antagónicos». Y, en cualquier caso, ha enfatizado que «eso no es delito y por eso no se puede pedir la extradición».

Además, ha indicado que incluso en el supuesto de que fueran ciertos los hechos que se le imputan a Gallo Sconamiglio en Uruguay quedarían cubiertos por la Ley de Amnistía de la nación suramericana, ya que era un «ciudadano privado», no un «funcionario», en cuyo caso no podría beneficiarse del perdón estatal.

«TRASFONDO POLÍTICO»

Los hechos se remontan a agosto de 1979. De acuerdo con la versión aportada por las autoridades uruguayas y recogida por la Fiscalía española, cuatro personas que fueron detenidas en sus casas y trasladadas a la FUSNA aseguran que fueron torturadas con descargas eléctricas y la técnica del «submarino», que consiste en permanecer varios días en agua.

Una de las víctimas recuerda que sus torturadores fueron cuatro y entre ellos ha situado a Gallo Sconamiglio, del que dice que participó en las descargas eléctricas, mientras que otros dos detenidos le han reconocido como interrogador pero no torturador.

La defensa ha puesto de relieve que la única «acusación dura» es la que ejerce Graciela Villar, ex candidata a la Vicepresidencia de Uruguay por la coalición izquierdista Frente Amplio en las elecciones de 2019, advirtiendo de que obedece a un «trasfondo político».

El propio Gallo Sconamiglio ha contado que hay una «reyerta familiar» porque Villar, prima de su mujer, estuvo con el matrimonio en Argentina y, cuando él tuvo que regresar a Uruguay en 1976, ella huyó dejando sola a su esposa, que en ese momento estaba embarazada de cinco meses.

El reclamado ha defendido que las acusaciones de Villar son falsas, apostillando que «es muy útil todo lo que está diciendo (de él) porque le proporciona una biografía de perseguida».

Con todo, la defensa ha solicitado que su cliente no sea entregado a las autoridades uruguayas y que, además, se las condene en costas porque ha tenido que pasar unos meses en prisión por este proceso de extradición.

Por su parte, el fiscal ha mantenido la posición inicial de que Gallo Sconamiglio no sea extraditado porque, «por mucho que nos merezca reproche o repulsa el comportamiento que pudo haber tenido o no», los hechos denunciados están prescritos conforme al Código Penal español.

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