Madrid se escuda en que el Decreto del estado de alarma permite a las autoridades delegadas «flexibilizar» plazos

El Gobierno debería acudir al Tribunal Supremo si decide impugnar la decisión de cerrar los puentes

La Comunidad de Madrid ha escudado su decisión de cerrar Madrid solo durante los puentes de Todos los Santos y La Almudena en que uno de los artículos del Real Decreto del estado de alarma permite que las autoridades delegadas puedan flexibilizar las medidas, algo que el Gobierno regional hace con el plazo mínimo fijado de siete días naturales para que se pueda cerrar perimetralmente una comunidad autónoma.

Así lo ha subrayado en una entrevista en EsRadio , recogida por Europa Press, el consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, Enrique López, en relación al encaje legal de la decisión de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, de solo impedir las entradas y salidas de Madrid los días de los próximos puentes.

Tras reseñar que el Decreto aprobado el pasado domingo por el Gobierno central no es «un ejemplo de claridad legislativa», el exmagistrado del Tribunal Constitucional y exjuez de la Audiencia Nacional ha señalado que el artículo 9 del Real Decreto establece siete días naturales para un confinamiento perimetral de una CCAA.

Según López, el planteamiento de Madrid en la reunión de ayer con los presidentes de Castilla-León y La Castilla-La Mancha fue que los próximos martes, miércoles y jueves desaparece la proporcionalidad entre la restricción de un derecho fundamental con el riesgo para la salud pública.

«Y en el caso de Madrid vuelve a aparecer el viernes porque viene otro puente y las personas quieren moverse y provocan esa movilidad excesiva. Y tampoco conviene», ha explicado.

Así, ha recalcado que desde la Comunidad de Madrid se ha entendido que ese plazo de siete días naturales puede no ser continuo. «Y hay un artículo, el artículo 10, que habla de que las autoridades delegadas pueden producir flexibilizaciones en estas medidas», ha dicho.

El artículo 10 del Real Decreto 926/2020 por el que se declara el estado de alarma, señala que «la autoridad competente delegada en cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía podrá, en su ámbito territorial, a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13, modular, flexibilizar y suspender la aplicación de las medidas previstas en los artículos 6, 7 y 8, con el alcance y ámbito territorial que determine». Y añade que «la regresión de las medidas hasta las previstas en los mencionados artículos se hará, en su caso, siguiendo el mismo procedimiento».

«Lo entendemos como flexibilizar ese plazo y es lo que hemos hechos», ha señalado y ha indicado que saben que se está ante «una circunstancia jurídica confusa» que provoca el propio Decreto y ha recordado que lo ha hecho Ceuta.

Tras ello, ha criticado a «la jurista vicepresidenta» en alusión a Carmen Calvo después de que esta mañana manifestara que el Gobierno no podía cambiar el plazo al que alude Madrid para validar el cierre perimetral por días.

Asimismo, ha indicado que los tribunales no tienen que dar el aval judicial a esta medida acordada por el Gobierno regional, pero sí lo harían en el caso de que el Gobierno quiera impugnar esa decisión para lo que tendría que acudir al Tribunal Supremo.

ABOGA POR LA COGOBERNANZA.

Sin embargo, ha subrayado que hay que abogar por la cogobernanza y ha solicitado al Gobierno que deje de imponer. De igual modo, ha reclamado nuevamente al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, desarrolle una ley orgánica para permitir a las CCAA limitar derechos fundamentales para poder aplicar medidas.

A preguntas sobre si es legal que el mando único delegue en diecisiete CCAA, ha indicado que «no se acomoda al espíritu de la Ley» y ha censurado que se haya querido salir al paso «ante la ausencia de un instrumento legislativo que nos daría a todos esas potestades legislativas».

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