La Junta Electoral confirma las multas de 1.000€ a Revilla y Mazón por el acto de Comillas denunciado por el PSOE

SANTANDER, 25

La Junta Electoral Central (JEC) ha desestimado el recurso del Gobierno de Cantabria y ha confirmado las multas de 1.000 euros impuestas por la Junta Electoral Provincial (JEP) al presidente de Cantabria y líder del PRC, Miguel Ángel Revilla, y al exconsejero de Obras Públicas y candidato al Congreso por ese partido, José María Mazón, como resultado de la denuncia que interpuso el PSOE, su socio de Gobierno, por un acto en Comillas el pasado 14 de marzo.

Ese día, el Gobierno de Cantabria difundió un comunicado de prensa de la visita de Revilla y Mazón a Comillas anunciando que las obras de dragado de la dársena del puerto de Comillas comenzarán «tras el verano».

La JEP concluyó en su resolución que hubo presentación de las obras durante el periodo electoral por parte de Revilla y Mazón, y que su comportamiento «vulnera el principio de igualdad entre los actores electorales al valerse de su condición de miembros del Gobierno de Cantabria para exaltar su gestión en relación con el puerto de Comillas».

La Junta Electoral Provincial propuso sendas multas personales de 1.000 euros a cada uno, atendiendo a la «relevante posición» de Revilla y Mazón, «su dilatada experiencia política, su presumible conocimiento del régimen electoral, o el uso de un mecanismo de difusión del acto de presentación tan potente como internet».

El Gobierno de Cantabria impugnó la decisión de la JEP ante la Junta Electoral Central, alegando que se trató de un acto organizado directa y exclusivamente por la Cofradía de Pescadores del Santo Cristo del Amparo de Comillas que tenía por objeto celebrar la distinción concedida al consejero de Obras Públicas por la citada cofradía mencionada. Además, alegó que la sanción es excesiva y que no se ha tenido en cuenta el principio de proporcionalidad.

La Junta Electoral Central desestima el recurso, en una resolución del 16 de abril a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que señala que la difusión del acto en la página del Gobierno de Cantabria en Internet «constituye la faceta más grave del comportamiento sancionador».

Y concluye que dicha información debe ser retirada inmediatamente para evitar que persista la vulneración del artículo 50.2 de la ley electoral, la LOREG». El Gobierno ya ha retirado de su web esa nota de prensa.

El citado artículo de la LOREG establece que «desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto de inauguración de obras o servicios o proyectos de éstos».

Frente a la alegación del Gobierno de Cantabria de que el acto de Comillas fue organizado directa y exclusivamente por la cofradía, la JEC señala que la lectura de la página institucional del Gobierno de Cantabria en Internet «pone de relieve lo contrario».

En este sentido, reproduce las declaraciones de Revilla y Mazón sobre el proyecto de dragado de la dársena del puerto de Comillas que el Gobierno publicó en su nota de prensa y en su web, afirmando que se licitará próximamente y resolverá una reivindicación histórica del sector». La JEC añade que sin embargo, ocupa un lugar secundario el hecho de la designación del consejero como socio de honor de la Cofradía de Pescadores de Comillas.

«Parece lógico, por tanto, inferir que nos encontramos con que el presidente de la Comunidad, así como su consejero de Obras Públicas aprovecharon este acto para efectuar la presentación de un proyecto de obra pública, lo cual vulneró el contenido del artículo 50.3 de la LOREG», concluye la JEC.

Por otro lado, no considera que la cuantía de las sanciones impuestas resulte excesiva «atendiendo, además, al hecho de que tanto el consejero como el presidente de la Comunidad ocupan una posición relevante de máxima jefatura en el seno de la Administración Autonómica de Cantabria».

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