El Tribunal Supremo impone costas a Ibercaja por allanarse en una demanda de cláusulas suelo

La entidad había rechazado antes la reclamación extrajudicial del consumidor

El Tribunal Supremo ha condenado a Ibercaja Banco a pagar las costas de un procedimiento por cláusulas suelo en el que se allanó después de haber rechazado una reclamación extrajudicial del consumidor.

El Juzgado de Primera Instancia y la Audiencia Provincial resolvieron que cada parte debía pagar sus propias costas debido a que la demanda se había presentado cuando ya estaba en vigor el real decreto 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo y el demandante no había acudido al procedimiento extrajudicial previsto en dicha norma.

El consumidor interpuso un recurso y el Tribunal Supremo ha condenado al banco a pagar todas las costas, pues tiene en cuenta que el consumidor hizo la reclamación extrajudicial antes del real decreto para que la entidad dejara de aplicar la cláusula suelo y le devolviera lo indebidamente cobrado por su aplicación, una solicitud que fue rechazada por el banco, alegando que su actuación había sido correcta y que la cláusula suelo no era abusiva, motivando que presentase la demanda.

Sin embargo, interpuesta la demanda, Ibercaja Banco se allanó a la misma, por lo que el Tribunal Supremo concluye que el pronunciamiento de la Audiencia Provincial infringe el real decreto ley 1/2017 si se interpreta a la luz de la letra y de la finalidad de la Directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.

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