El Comité de Garantías y Disciplina de UPN suspende de militancia a Sayas y García Adanero durante 2 años y 6 meses

Entiende que «ha existido un ánimo por parte de los dos diputados dedesobedecer la orden de votar afirmativamente» la reforma laboral

PAMPLONA, 1

El Comité de Garantías y Disciplina de UPN ha decidido sancionar a los diputados regionalistas Sergio Sayas y Carlos García Adanero con la suspensión de dos años y seis meses de militancia tras no acatar la directriz del partido de votar a favor de la reforma laboral. Asimismo, les impone la sanción accesoria de inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo.

Así lo ha resuelto el Comité tras analizar las alegaciones presentadas por ambos diputados a la propuesta que realizó de sancionarlos con suspensión de militancia durante dos años y seis meses. Las sanciones están previstas en el artículo 108.2 a) y b) de los Estatutos de UPN y corresponden a una infracción grave, que viene tipificada en el artículo 108.1 j), ha informado UPN en un comunicado. En concreto, recoge que «cualquier actuación política que vaya en contra de las decisiones aprobadas por los órganos del partido, y expresamente el incumplimiento del deber de voto oficial en las instituciones, establecido reglamentariamente».

Contra la resolución sancionadora, Sayas y García Adanero podrán interponer, de acuerdo con lo establecido en el artículo 112 de los Estatutos, recurso de apelación ante el Consejo Político en el plazo de 10 días hábiles a partir de mañana miércoles.

La resolución del Comité de Garantías y Disciplina señala que, «lo que resulta indubitado y, por lo tanto, probado, es que el Comité Ejecutivo acordó delegar en los cargos unipersonales de UPN la negociación y en su caso, acuerdo, con el Gobierno de España en relación con la postura del partido en la convalidación del Real Decreto-ley que modificaba la reforma laboral». «Ningún miembro presente se opuso a dicha delegación», dice.

«Concluimos que el procedimiento para decidir la posición del voto de UPN en la convalidación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, cumplió con las exigencias estatutarias», añade la resolución.

Además, para el Comité de Garantías y Disciplina, «queda probado que los diputados, señores Sayas López y García Adanero, en ningún momento informaron a la dirección de UPN de que su voto en la convalidación del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, iba a ser negativo, contraviniendo así la postura oficial acordada por el presidente, vicepresidente y secretaría general, de votar afirmativamente la convalidación del Real Decreto-ley».

«(…) entendemos que ha existido un ánimo por parte de los dos diputados de desobedecer la orden de votar afirmativamente, pero no sólo eso, si no que, además, decidieron votar de forma contraria el día anterior y no comunicar su decisión a la dirección de UPN», concluye.

Respecto a la graduación de la propuesta de sanción y principio de proporcionalidad, el Comité de Garantías y Disciplina entiende que «nos encontramos ante una infracción de carácter grave y no leve, por el hecho de haber decidido ocultar la realidad del sentido de su voto a la dirección de UPN». «Dicho extremo convierte la infracción de leve (art. 107.1 j) en grave, puesto que la ocultación de su decisión ha causado un evidente perjuicio público para UPN. Dicha decisión es imputable únicamente a los señores diputados, pues podrían haber optado por comunicar su decisión, habiendo constituido en dicho caso una infracción leve», añade.

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