El Gobierno autoriza la firma del protocolo de la Carta Social Europea que permite reclamar ante el Consejo de Europa
El PP ha avisado de que ese protocolo puede crear situaciones contrarias a la seguridad jurídica
El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del Protocolo Adicional a la Carta Social Europea en el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas, así como su aplicación provisional en virtud de la declaración prevista en el artículo D.2 de la Parte IV de la Carta Social Europea.
Este protocolo permitirá que organizaciones internacionales de empleadores y trabajadores, organizaciones internacionales no gubernamentales y organizaciones nacionales representativas de empleadores y trabajadores, puedan presentar reclamaciones al Secretario General del Consejo de Europa, respecto de las materias en las que se les haya reconocido especial competencia, en las que se denuncie la aplicación insatisfactoria de la Carta.
Precisamente este protocolo es lo que ha motivado que el principal partido de la oposición votase este lunes en la Comisión de Exteriores del Congreso contra la ratificación de la Carta Social Europea revisada, porque consideraba que no estaba claro si el protocolo estaba incluido.
El hecho es que, a juicio del PP, ese protocolo permite presentar reclamaciones ante el Comité Europeo de Derechos Sociales aunque vayan en contra del ordenamiento jurídico y la jurisprudencia española, «lo que sin duda iría en contra de la seguridad jurídica».
El «sistema de la Carta Social Europea» se compone de la Carta Social Europea, la Carta Social Europea (revisada) y tres Protocolos Adicionales. La Carta Social Europea garantiza los derechos sociales y económicos fundamentales. Fue ratificada por España el 6 de mayo 1980 y entró en vigor para nuestro país el 5 de junio de ese mismo año.
La Carta Social Europea (revisada) se abrió a la firma el 3 de mayo de 1996 y entró en vigor el 1 de julio de 1999. Hasta la fecha la han ratificado 34 países. España la firmó el 23 de octubre del año 2000 y está en pleno trámite de ratificación.
El Protocolo adicional (nº 1) de 1988, por el que se extienden los derechos económicos y sociales de la Carta, y el Protocolo modificador (nº 2) de 1991, por el que se modifica el sistema de supervisión de la Carta, fueron ratificados por España en el año 2000.
El Protocolo Adicional (nº 3) en el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas, objeto de esta propuesta de acuerdo, fue abierto a la firma en Estrasburgo el nueve de noviembre de 1995 y entró en vigor el uno de julio de 1998; lo han firmado 19 Estados, de los cuales 15 lo han ratificado.
Con la firma y ratificación de este Protocolo Adicional (nº3), España termina de adoptar todo el sistema de la Carta Social Europea y permitiría desarrollar nuevas medidas para mejorar la aplicación efectiva de los derechos sociales garantizados por la Carta, mediante el establecimiento de un procedimiento de reclamaciones colectivas que refuerza la participación de los empresarios y trabajadores, así como de las organizaciones no gubernamentales, en el cumplimiento de la Carta Social Europea.