Vueling reembolsa 50 euros al secretario general de Facua por recargo fraudulento del equipaje de mano
La entidad afirma que es la sentencia número 10 que gana a las aerolíneas sobre esta materia
El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Sevilla ha condenado a Vueling a reembolsar los 50 euros que obligó a pagar en un vuelo Lanzarote-Sevilla en julio de 2023 al secretario general de Facua, Rubén Sánchez, más los intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial, por recargo fraudulento del equipaje de mano.
En la mencionada sentencia, el juez indica que procede estimar la demanda y entiende que las dimensiones de la mochila porteada por Sánchez se encontraban dentro de los límites de lo que se conoce como maleta de cabina, esto es, aquella que es susceptible de viajar junto al pasajero, bajo su estricta responsabilidad, en los compartimentos superiores a los asientos, por lo que condena a la parte demandada al reintegro de la suma percibida por este sobrecoste.
Además, el magistrado recuerda que el artículo 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, establece que «el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo».
La sentencia también señala que hay numerosos juzgados españoles que se han pronunciado en el mismo sentido y que el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya lo hizo en 2014. Finalmente, contra la resolución no cabe interponer recurso de apelación.
En un comunicado, Facua ha destacado que se trata de la décima sentencia ganada a las aerolíneas por el recargo ilegal del equipaje de cabina: cinco a Vueling y otras cinco a Ryanair.
Desde la entidad ha contabilizado que existen ya al menos 67 sentencias en España contra las compañías aéreas por el recargo ilegal del equipaje de mano.



