Vox propone ampliar a un año cada prórroga de instrucción de procesos penales para evitar que se archiven causas

Vox ha registrado una proposición de ley en el Congreso para modificar el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) con el fin de que las prórrogas de los plazos de instrucción de procesos penales pasen de seis meses a un año y así evitar que se archiven causas.

Según explica la formación, hasta la reforma de 2020 las diligencias de instrucción de los procesos penales se debían completar en un plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas, pero aquella reforma acometida por el Gobierno de Pedro Sánchez aplió ese plazo de instrucción a un año.

Eso sí, el juez puede ampliar ese plazo, de oficio o a instancia de parte, mediante prórrogas por periodo iguales o inferiores a seis meses, sin necesidad de que el proceso de instrucción sea declarado complejo. Pero Vox sostiene que «es bastante frecuente» que a jueces y fiscales les venzan los plazos de investigación sin que se soliciten las oportunas prórrogas de la fase de instrucción.

«Esta situación, que se repite en no pocos procesos penales a raíz de la citada reforma, conlleva que el asunto objeto de la fase de instrucción deba archivarse, al no haberse dictado en plazo la correspondiente resolución que permita la acusación –explica la formación en su ley–. Esto pone fin a las actuaciones respecto de los investigados sin haberse tan siquiera podido comprobar su culpabilidad o su inocencia. Y, si fueran culpables, causa directamente situaciones de impunidad».

PRÓRROGAS JUSTIFICADAS

Su propuesta es mantener en un año el máximo inicial para instruir un sumario, pero ampliar el plazo de prórroga actual de seis a doce meses, «de tal forma que la carga de trabajo de los juzgados de instrucción se vea reducida y se evite de esta manera la impunidad de muchos delitos por cuestiones meramente formales».

En todo caso, reclama que «las prórrogas se adoptarán mediante auto donde se expondrán razonadamente las causas que han impedido finalizar la investigación en plazo, así como las concretas diligencias que es necesario practicar y su relevancia para la investigación».

Y si antes de la finalización del plazo o de alguna de sus prórrogas, el instructor no hubiere dictado la resolución de referencia, o bien está fuera revocada por vía de recurso, no serán válidas las diligencias acordadas a partir de dicha fecha.

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