El Gobierno autoriza a Cataluña y País Vasco a formalizar operaciones de deuda a corto plazo

El Consejo de Ministros ha acordado en su reunión de este martes autorizar a Cataluña formalizar operaciones de deuda a corto plazo por un máximo de 300,5 millones de euros, y al País Vasco por un importe máximo de 600 millones de euros. Ambas autorizaciones sólo podrán amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2020.

Así, se efectúan en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA) y del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

En el caso de País Vasco, se ha autorizado a esta Comunidad poder formalizar operaciones de deuda a corto para atender puntualmente las necesidades de pago de la Administración del País Vasco en el contexto actual de la situación generada por el COVID-19.

Por su parte, Cataluña ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a corto plazo por la Administración de la Generalitat y por las entidades del sector público de esta comunidad, con vencimiento en el periodo de julio a septiembre del año 2020, por un importe de 300,5 millones de euros.

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