Unidos Podemos propone eliminar el contrato por obra para restringir al máximo la temporalidad

Limita en una ley la duración, causas y encadenamiento de esta modalidad y convierte en fijo todo contrato fraudulento

El grupo parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea quiere restringir al máximo la temporalidad, y para ello propone limitar las causas por las que se justifican este tipo de contratos, suprimiendo entre otras fórmulas la vinculada a la realización de una obra y servicio.

Para ello, ha registrado en el Congreso una proposición de ley con la que fija límites a la duración y al encadenamiento de estos contratos, y establece su conversión a fijos en los supuestos de fraude de ley. Así, recupera la nulidad del despido para garantizar la permanencia del trabajador ante incumplimientos de la normativa relativa a la duración del contrato.

Todo partiendo desde la presunción de que un contrato de trabajo se presume de duración indefinida y que la contratación por un tiempo determinado supone una excepcionalidad. Concretamente, limita estas excepciones a dos causas, organizativas y productivas.

La primera atiende a la sustitución de un trabajador que tiene reservado su puesto –por una baja o una excedencia–, y la segunda a cuando haya un «incremento ocasional e imprevisible» de la actividad que «no pueda ser atendido con la plantilla habitual».

Esto acaba con la contratación temporal de naturaleza estacional y relacionadas con campañas, para las cuales en el grupo confederal consideran que existen ya modalidades de contratación indefinida prevista, y en este sentido inciden en la figura del contrato fijo-discontinuo.

Desde el grupo de técnicos que han trabajado en la elaboración y redacción de la propuesta legislativa consideran que estos límites harían posible reducir a la mitad los actuales índices de la temporalidad –rondan el 27% a pesar de haber alcanzado niveles por encima del 30%, critican– y situarlo en el entorno de la media europea, en el 14%.

UNA CLÁUSULA CONTRA EL ENCADENAMIENTO DE CONTRATOS

Asimismo, establece una indemnización para el trabajador de 20 días por año trabajado, limita a seis meses su duración –prorrogado hasta un año si así consta en el convenio sectorial– y fija unas normas para evitar su encadenamiento en una misma empresa o grupo empresarial.

Así, una persona que haya trabajado más de 24 meses en un período de 30 meses en la misma empresa o grupo de empresas, a partir de dos o más contratos temporales, directa o indirectamente a través de empresas de trabajo temporal (ETT), adquirirá la condición de trabajador fijo.

Es más, en ese caso la propuesta legislativa encomienda a la Administración a abrir un proceso con el fin de recuperar toda aquella prestación de desempleo abonada, ya que sería la empresa la que tendría que hacer frente estas cantidades.

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