Un juez exime al Servicio Andaluz de Salud de responsabilidad por la falta de material para personal sanitario
JAÉN, 13
Una sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Jaén reconoce la escasez de equipos de protección para los sanitarios durante los primeros meses de la pandemia por coronavirus, pero exime de responsabilidad al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por entender que no ha habido una vulneración del artículo 15 de la Constitución donde se recoge el derecho a la vida y a la integridad física y moral.
El juez considera en la sentencia, a la que ha accedido Europa Press, que no se ha producido la violación del derecho fundamental invocado ya que «no se aprecian, dadas las circunstancias, ninguna acción u omisión que limitase derecho fundamental alguno de los demandantes» y que los hechos alegados no se pueden incluir en «el contenido esencial del derecho fundamental invocado».
La sentencia es la respuesta a una demanda interpuesta en marzo de 2020 por el Colegio de Enfermería de Jaén. La entidad colegial ha emitido un comunicado en que señalan que de la sentencia se desprende que, según su interpretación, «los sanitarios tenían la obligación de sacrificar su derecho a la vida e integridad, aun sin mascarillas, durante la primera ola de covid-19, en beneficio de la vida e integridad del resto de la población».
El Colegio de Enfermería expone que la sentencia «reconoce la escasez de equipos de protección para los sanitarios durante los primeros meses de la pandemia, un hecho público y notorio», pero no condena al SAS por vulneración de derechos fundamentales de los enfermeros al entender, según relata el Colegio, que la falta de equipos de protección fue «irremediable». «Ante la tesitura de tener que elegir entre la vida de los ciudadanos, o trabajar en condiciones peligrosas para la integridad de los enfermeros, debe ponderarse y privilegiarse el derecho a la vida de los ciudadanos», añade.
El Colegio también ha mostrado su «extrañeza» por que el juez se apoye para emitir su fallo en sentencias del Tribunal Constitucional en las que se decide sobre la alimentación de los presos del Grapo en huelga de hambre o de tratamientos médicos a testigos de Jehová.
Con la jurisprudencia esgrimida por el juez, el Colegio entiende que en la sentencia se está comparando «el sacrificio» de las enfermeras con otros casos como los terroristas del Grapo en huelga de hambre, o de los Testigos de Jehová, y que, según sostiene la entidad colegial en su comunicado, «no son en absoluto equiparables».
Los servicios jurídicos del Colegio de Enfermería de Jaén ya han interpuesto un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, al tiempo que han mostrado su «disconformidad» con el fallo judicial.
Desde la entidad colegial se ha aludido a que esta misma semana se ha hecho pública la sentencia por la que la Conselleria de Sanidad de la Comunidad Valenciana debe indemnizar con cantidades que van desde los 5.000 hasta los 49.180 euros a los profesionales médicos que trabajaron durante la primera ola de la pandemia por hacerlo sin haberles dado los equipos de protección adecuados. En este caso, el juez considera que «los facultativos sanitarios tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios personales y morales».
Desde la asesoría jurídica del Colegio de Enfermería, el letrado Santiago López considera que la sentencia de Jaén parte de «una premisa equivocada», y es que «pese a ser lamentable el ejemplo de los Grapo o los Testigos de Jehová, en estos casos se ponderaban varios derechos fundamentales concurrentes en una misma persona o sujeto, como podía ser el derecho a ser alimentado forzosamente y contra la voluntad de un preso para evitar su muerte, o hacer una transfusión sanguínea a un Testigo de Jehová en contra de su religión para salvar su vida».
«En esta sentencia, se considera que, en la pandemia por covid-19, se pueden sacrificar derechos que concurren en distintas personas o sujetos; es decir, que se sacrifiquen unos, sin dotarlos de medios, para salvar a otros, como ocurría en sociedades antiguas tales como Egipto, o en la época precolombina», ha apuntado el abogado.
López ha indicado que «este sacrificio no sería exigible en una sociedad moderna salvo en caso de declaración de guerra, y no con un simple estado de alarma, que incluso ha sido declarado inconstitucional parcialmente».
Por su parte, el presidente del Colegio, José Francisco Lendínez, ha incidido en que en la provincia el número de sanitarios infectados de covid-19 ha sido «muy elevado» ya que se calcula que durante la primera ola resultaron contagiadas tres de cada diez enfermeras.
Igualmente, ha hecho especial hincapié en el fallecimiento de profesionales de la enfermería, es el caso del enfermero y profesor de la Universidad de Jaén, Pedro Carrillo, que perdió la vida a causa del coronavirus en abril de 2020.
«Con esta sentencia se está obviando el derecho de cualquier trabajador a contar con los medios de protección adecuados para preservar su salud, se nos quiere convertir en mártires para que la Administración no tenga que responder por ponernos en primera línea sin medios, ni por los enfermeros contagiados e incluso fallecidos», ha dicho Lendínez.
«Si éste es el concepto que tienen de nosotros, tendremos que pedir medallas pensionadas al Gobierno, por la heroicidad de nuestros enfermeros que han sustituido a la acción de gobierno», ha señalado el presidente de la enfermería en Jaén.
Lendínez ha agradecido a todos los ciudadanos que han reconocido la labor de los enfermeros en particular y de los sanitarios en general, y que, de forma espontánea, aplaudían desde los balcones porque «si el pueblo nos reconoce, la Justicia tiene que reconocernos también».