Un juez da la incapacidad absoluta a una mujer con espalda fallida a la que sólo se invalidó para su oficio


El INSS limitó su incapacidad a su trabajo de auxiliar de cocina, pero la justicia la considera incapacitada para toda actividad laboral

Un juzgado de lo Social de Madrid ha reconocido la incapacidad laboral absoluta a una mujer con el síndrome de la espalda fallida a la que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) sólo le concedió incapacidad para su actividad laboral.

La afectada, que trabajaba como auxiliar de cocina, se sometió a una intervención quirúrgica en 2022 por artrodesis lumbar, una cirugía que se hace para unir dos o más vértebras y limitar así el movimiento que provoca el dolor.

A raíz de dicha intervención, la mujer, de 52 años, padece un intenso dolor en todo el nervio espinal y ha sido diagnosticada con el síndrome de espalda fallida, que consiste en un dolor crónico persistente o de nueva aparición tras una intervención quirúrgica, que no mejora con tratamientos pautados.

Tras ser examinada por el equipo de valoraciones de incapacidades (EVI), la Seguridad Social dictó una resolución con fecha 11 de marzo de 2024 en la que se reconocía a la demandante una prestación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, con una base reguladora de 1.023,88 euros y efectos económicos desde el 7 de marzo de 2024.

Agotada la vía administrativa, la afectada recurrió a los tribunales para que un juez certificara su incapacidad laboral para todo oficio y ahora la justicia le ha dado la razón.

De acuerdo con la sentencia, facilitada por Toro Abogados, que ha actuado como representante legal de esta trabajadora, la demandante «no está capacitada para realizar una actividad laboral por liviana que sea» en vista de sus patologías.

Así, el juez señala que tras la intervención quirúrgica realizada en junio 2022 «no se ha obtenido un resultado positivo, siendo diagnosticada de espalda fallida, lo que se traduce en dolor lumbar que no cede con analgésicos convencionales, precisando de tratamiento en la Unidad del Dolor mediante bloqueos que se le realizan casi mensualmente, lo que pone de relieve que el dolor no es controlable y no permite llevar una vida activa regularizada».

Por ello, el juez revoca la decisión de INSS y declara la incapacidad laboral absoluta para la trabajadora, lo que supone una pensión del 100% de su base reguladora, esto es, 1.023,88 euros mensuales, con efectos desde el 7 de marzo de 2024.

Contra esta sentencia, cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, según precisa el fallo.

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