Tribunal de Cuentas critica la escasa ejecución y eficacia de los programas de empleo del Gobierno de Rajoy
Alerta de los peores resultados de los beneficiarios respecto a desempleados que se quedaron fuera del programa
El Tribunal de Cuentas ha criticado este jueves la escasa ejecución y eficacia de los programas de empleo puestos en marcha por el Gobierno de Mariano Rajoy, tras su fiscalización del Programa de Activación de Empleo (PAE), aprobado en 2014 y prorrogado nuevamente en 2016 y 2017.
Así, señala que la ejecución de las subvenciones distribuidas a las comunidades autónomas de los tres programas para desempleados de larga duración –Renta Activa de Inserción, Programa de Recualificación Profesional y el PAE– a través de los Presupuestos Generales del Estado de 2015 se quedó en un 34,12% de los casi 129 millones de euros transferidos.
Un «bajo nivel de ejecución» que, entiende el Tribunal, pudo deberse al hecho de que la transferencia de los fondos se produjo en los últimos dos meses del año. Para 2016, prosigue en su informe, no se fijaron criterios para la distribución de fondos, por lo que este órgano no ha podido efectuar el seguimiento y valoración de cómo se utilizaron estos recursos.
Respecto al PAE, el Tribunal de Cuentas alerta de la «reducida ejecución presupuestaria» de este programa tanto en 2015, cuando se acabó abonando un 19% de los 850 millones de euros previstos, y 2016, un 43% de los 290,7 millones presupuestados, algo que atribuye a «la desacertada estimación» de potenciales beneficiarios. De las 403.795 personas estimadas, únicamente se beneficiaron 107.892 personas.
MEJORES RESULTADOS ENTRE LAS PERSONAS QUE SE QUEDARON FUERA
En lo referido a la evaluación de los resultados del PAE, hasta el mes de marzo de 2016 y 2017, un 16,05% y un 17,89%, respectivamente, habían encontrado un trabajo por cuenta ajena o propia, y tras la finalización del plazo de compatibilidad ni un 1% han continuado trabajando (un 0,84% y un 0,98%, respectivamente).
Es más, el Tribunal de Cuentas subraya que en la práctica totalidad de comunidades autónomas los beneficiarios recibieron más servicios de formación que el resto de desempleados, lo que «debería contribuir positivamente a la eficacia del programa» y constata la mejora de su empleabilidad, pues constata que «han trabajado más días desde el acceso al programa que antes, siendo la tendencia más favorable cuanto mayor es el período transcurrido desde la inclusión en el programa».
«No obstante lo anterior», prosigue el Tribunal, «realizada la comparación con aquellos desempleados a los que se denegó el acceso al programa y con el conjunto de parados de larga duración, excluidos los beneficiarios del PAE, en ambos casos se constató que los colectivos ajenos al programa obtuvieron relativamente mejores datos».
El órgano fiscalizador también certifica que en todas las comunidades, excepto una, el promedio de beneficiarios del PAE atendió al promedio de 120 personas desempleadas por tutor asignado. Un promedio que, lamenta, se eleva «considerablemente» en caso de computar el resto de programas simultáneos, lo que considera un «riesgo de que la calidad de los servicios prestados a los beneficiarios de la PAE se haya visto mermada».
LA GESTIÓN REALIZADA POR EL SEPE
La fiscalización también atiende a la gestión realizada por el SEPE del PAE, y concluye que hubiera resultado «más conforme con el objetivo» de este programa que, a la hora de exigir la realización de tres acciones de búsqueda de empleo, se hubiera obligado a realizar diferentes y no la misma tres veces.
Asimismo, acredita «una serie de carencias» en las aplicaciones informáticas utilizadas, lo cual perjudicó el control interno del programa. Por ejemplo, el sistema no informa si es posible tener derecho a una prestación o programa distinto (al menos 238 personas beneficiarias del PAE debieron percibir, en su lugar, la Renta Activa de Inserción), no hay un mecanismo automático para suspender la percepción de la ayuda una vez concluya el plazo de compatibilidad con trabajo, y permite le pago de la ayuda sin acreditar la existencia del certificado de búsqueda activa de empleo.
Asimismo, a la hora de proporcionar información para efectuar el registro contable, el Tribunal señala que no se permite confeccionar un inventario de deudores por prestaciones ni registrar contablemente los derechos de cobro por reintegros de pagos indebidos de estas prestaciones. Por último, la fiscalización permitió comprobar que el 50% de las reclamaciones estimadas lo fueron como consecuencia de errores por parte de los gestores.
¿CONVIENE PONER EN MARCHA VARIOS PROGRAMAS A LA VEZ?
En sus recomendaciones, el Tribunal de Cuentas invita al Gobierno a «promover» junto con sindicatos y patronal, «una reflexión sobre la idoneidad de implementar distintos programas sucesivos de carácter temporal en relación con la acción protectora de los desempleados de larga duración, y sobre la eficacia y eficiencia de las políticas activas y pasivas de empleo».
Al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social recomienda también integrar todas las rentas mínimas, salarios sociales o ayudas de asistencia social concedidas por cualquier administración en el Registro de Prestaciones Sociales Públicas, con el fin de evitar incompatibilidades y «definir con exactitud el concepto de búsqueda activa de empleo».
Finalmente, al SEPE recomienda analizar «las causas que han motivado la desviación tan acusada entre beneficiarios potenciales y reales del PAE», mejorar la planificación de los programas de ayuda, evaluar sus resultados finales, revisar el procedimiento de gestión, mejorar sus aplicaciones informáticas, e identificar posibles modificaciones a realizar de cara a futuras acciones de similar naturaleza.