Trabajo garantiza que los contratos vinculados al SMI mantendrán su cuantía actual pese a caer la prórroga


El Ministerio de Trabajo ha emitido un criterio interpretativo desde la Dirección General de Trabajo para que la caída de la prórroga del salario mínimo interprofesional (SMI) de 2025 en el trámite parlamentario no afecte a los contratos ya vigentes, que no pueden reducir la cuantía del salario por la mera derogación del Real Decreto-ley ómnibus tumbado ayer en el Congreso con los votos de PP, Vox y Junts.

Dicho decreto contemplaba la prórroga del SMI de 2025 (1.184 euros al mes por catorce pagas) en tanto no estuviera aprobada la nueva cuantía de 2026, que Trabajo quiere que sea de 1.221 euros al mes.

De hecho, cuando tenga lugar la aprobación del nuevo SMI para 2026, éste entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

Trabajo ha advertido de que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social vigilará el cumplimiento de las normas del orden social y de este criterio para que no se pueda bajar el salario de los trabajadores que perciben el SMI por la caída del decreto ómnibus.

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