Seis meses de trabajos en beneficio de la comunidad por amenazar y golpear a su expareja
Un hombre ha aceptado una condena de trabajos en beneficio de la comunidad durante seis meses por tres delitos leves, de maltrato físico a su expareja y amenazas, a esta mujer y a la madre de ella también.
Ha sido en el juicio contra él, celebrado este jueves en la Audiencia Provincial de Cantabria con acuerdo entre su abogado y el fiscal.
En la vista, se ha retirado la imputación por agresión sexual a quien había sido su pareja, y que elevaba la pena que inicialmente pedía el ministerio público a catorce años y nueve meses de prisión.
Así, ha sido condenado por tres delitos de violencia de género, dos en la modalidad de amenazas leves y otro de maltrato de obra, a razón de 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad por cada uno.
También se le ha impuesto la privación de portar armas durante tres años y de acercarse a menos de 500 metros a la víctima, su domicilio o lugar de trabajo y contactar o comunicarse con ella por cualquier medio durante seis meses.
El fiscal ha explicado que antes de alcanzar esta conformidad ha hablado e informado a la perjudicada, que vive fuera de Cantabria y que se ha mostrado de acuerdo.
Así, la Sala, de la Sección Tercera de la AP, dictará sentencia en base a este pacto y recogerá en ella los hechos que se han considerado probados en las conclusiones modificadas y elevadas a definitivas.
Según las mismas, el procesado se presentó una madrugada de agosto de 2019 en la vivienda de su expareja e inició una discusión que acabó con un forcejeo, durante el cual, y «con ánimo de menoscabar su integridad física», le propinó «varios golpes».
También la agarró por la cintura, sacándole «medio cuerpo fuera de la ventana» y al tiempo que la preguntaba: «¿quieres que te tire?».
Días después, el hombre llamó a la madre de la mujer y, con intención de «infundirla un serio temor», le manifestó «que no se extrañase si se encontraba tirada a su hija en una cuneta».
Lo sucedido constituye tres delitos de violencia de género -dos de amenazas leves y otro de maltrato de obra- por los que ha sido condenado a 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Dada la conformidad alcanzada entre las partes, no se ha practicado la prueba prevista y se ha decretado la firmeza de la sentencia.



