Satse denuncia al Gobierno ante la UE por no abonar íntegramente las pagas extraordinarias a las enfermeras
El Sindicato de Enfermería (Satse) ha solicitado al Parlamento Europeo que abra un procedimiento formal de infracción contra el Gobierno por el recorte de las pagas extraordinarias de enfermeras y fisioterapeutas desde 2010.
En un escrito del presidente de Satse, Manuel Cascos, a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, el Sindicato fundamenta las razones que justifican el inicio del procedimiento infractor contra el Ejecutivo, al considerar que existe una «clara vulneración del derecho comunitario y del derecho internacional por discriminación y desigualdad».
Satse detalla que en 2010 y debido a los recortes impuestos por el Gobierno a consecuencia de la crisis económica, estos profesionales dejaron de percibir un 27 por ciento de la cuantía total de cada una de sus dos pagas extraordinarias. Este recorte se ha mantenido en el tiempo y ha supuesto una pérdida anual de unos 600 euros hasta la actualidad, lo que lleva a una cifra total de hasta 7.500 euros de pérdida retributiva.
Satse ha trasladado al Parlamento Europeo que se ha producido una «vulneración del derecho comunitario», ya que las enfermeras y fisioterapeutas de la sanidad pública han visto reducido su salario por «la característica singular y exclusiva de ser empleados públicos», sin que esta situación se haya revertido en algún momento. «Esto supone una lesión al principio de no discriminación regulado y protegido en el ámbito comunitario y también en España», apunta.
En este sentido, la organización sindical alude en su escrito a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que reafirma el compromiso de la UE con el principio de no discriminación, y a la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación, y al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de los que son parte todos los Estados miembros.
También recalca que el convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo prohíbe la discriminación en el ámbito del empleo y la ocupación, y que el artículo 14 de la Constitución española consagra el derecho a la igualdad de todos los españoles sin que puedan ser discriminados por ningún tipo de condición o circunstancia personal o social.
Asimismo, Satse incide en que, tras la entrada en vigor del Tratado de Ámsterdam, la Unión Europea puede adoptar medidas para combatir cualquier forma de discriminación, y que existe jurisprudencia reiterada sobre que el principio general de igualdad es uno de los principios fundamentales del derecho comunitario.
«Puede existir discriminación hacia una persona o un grupo de personas si se les dispensa un trato desfavorable por los motivos indicados en el Tratado de la Unión Europea, o si se aplica una disposición que pudiera perjudicar a esta persona o grupo de personas determinado, y esto es justamente lo que ha sucedido en España, ya que el empleado público, por el hecho de tener esta condición, ve reducidas sus retribuciones en un derecho consolidado y sagrado como es el respeto a su legítimo salario, aún a pesar de seguir realizando el mismo trabajo», señala.