Sareb recurrirá la sentencia que desestima su demanda contra los bancos por el interés negativo de sus bonos

La Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb) ha informado hoy de que recurrirá en apelación la sentencia que desestima su pretensión de declarar que sus bonos sénior pueden generar rendimientos negativos, según ha trasladado a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

En concreto, Sareb ha anunciado que ha recibido ya la sentencia desestimando sus pretensiones en relación con la demanda declarativa/constitutiva de derechos interpuesta ante los juzgados de primera instancia de Madrid donde solicitaba que se declarase que el cupón trimestral de los bonos sénior emitidos por la propia Sareb a partir de las emisiones 2017-3 y 2018-1 y sucesivas pueden generar rendimientos negativos.

La demanda interpuesta contra los bancos tenedores de su deuda sénior se fundamentaba en el hecho de que Sareb consideraba que, de conformidad con la Orientación (UE) 2016/2298, de 2 de noviembre de 2016, por la que se modifica la Orientación 2015/510 sobre la aplicación del marco de política monetaria del Eurosistema, desde 2017 sus emisiones de deuda sénior deben permitir flujos financieros negativos, especialmente en los segmentos mayoristas del mercado financiero en el que se encuentra las emisiones de Sareb.

Tras esta sentencia, Sareb ha acordado recurrirla en apelación.

De esta forma, la sociedad continúa con su objetivo de eliminar la restricción a las rentabilidades negativas que introdujo en 2015 en sus emisiones, cuando el BCE no admitía en sus facilidades de liquidez el descuento de bonos con cupón negativo. El organismo cambió su criterio sobre los bonos negativos en 2017, admitiéndolos, por lo que el objetivo de Sareb es volver al diseño original de los bonos una vez que ya se ha normalizado la aplicación de este criterio, argumenta.

Desde la empresa se ha defendido siempre que el objetivo último de este proceso era defender sus intereses y, por tanto, la de todos los contribuyentes.

Cabe recordar que en octubre de 2018 se realizó un proceso de arbitraje en el que se concluyó que el cupón trimestral de estos bonos no podía ser negativo y debía quedar limitado al 0%, «limitación que se extiende a las emisiones futuras de bonos Sareb cuando la fórmula de cálculo arroje un resultado negativo», indicaba un comunicado de Bankia, entidad que formó parte de este procedimiento, remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el 31 de octubre de 2018.

En el momento de su constitución, Sareb emitió 50.781 millones de euros de deuda avalada por el Tesoro como medio de pago para adquirir los activos de las nueve entidades financieras que habían recibido ayudas públicas durante el rescate bancario. Al cierre de 2022, había cancelado deuda por 20.301 millones de euros y tenía pendiente de devolver 30.481 millones de euros.

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