Sanidad y CCAA acuerdan ofrecer las vacunas contra la COVID-19, polio o sarampión a los refugiados ucranianos
Todas las personas acogidas tendrán acceso a la sanidad pública
La Comisión de Salud Pública, formada por el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas, han aprobado la Guía de actuación ante la llegada de desplazados desde Ucrania , que establece medidas de control y tratamiento tanto de la COVID-19 como de otro tipo de patologías y, además, se fija un calendario vacunal acelerado para distintas enfermedades como la poliomielitis o el sarampión.
En concreto, el acuerdo recoge que se priorizará la vacunación contra la COVID-19, sarampión y poliomielitis por su mayor prevalencia en Ucrania. En niños y adolescentes se ofertará, además, la vacunación de difteria, tétanos, poliomielitis, tosferina y Haemophilus influenzae b.
Esta guía es una de las actuaciones que está coordinando el Ministerio de Sanidad con las CCAA como respuesta a la crisis ucraniana, junto con la puesta a disposición de 5.500 camas hospitalarias, de las cuales 1.184 son pediátricas, o el envío de medicamentos y material sanitario tanto a Ucrania como países limítrofes.
Con respecto al abordaje contra la COVID-19, la guía recoge las medidas de control sanitario. Con relación a las personas que lleguen por vía aérea, se han adoptado como medidas especiales que se comunique a las compañías aéreas que se permita embarcar en los vuelos con destino España a aquellas personas procedentes de las zonas de conflicto sin necesidad de que estén en posesión del QR del Spain Travel Health (SpTH).
Además, los Servicios de Sanidad Exterior realizarán controles sanitarios a la llegada a España de todos los pasajeros nacionales o residentes en Ucrania para que se les realice un control de síntomas contra la COVID-19.
Con respecto al resto de patologías, la guía establece que las CCAA proporcionarán la información necesaria a las personas procedentes de Ucrania para que reciban atención sanitaria y tengan accesibilidad a los servicios sanitarios equivalente a la población local.
Además, se especifica que la primera valoración en los centros sanitarios designados irá encaminada a identificar patologías que requieran asistencia urgente y patologías crónicas de carácter no urgente para reestablecer su seguimiento y tratamiento médico.
En concreto, se hará un seguimiento especial de las embarazadas en los servicios de Obstetricia que serán derivadas para el seguimiento del embarazo y de los niños a Pediatría de Atención Primaria para realizar las revisiones oportunas y la actualización del calendario vacunal si fuera necesario.
Asimismo, se valorará conjuntamente la situación de dependencia, discapacidad física o psíquica, la situación de fragilidad y vulnerabilidad de la persona recién llegada, derivando a estas personas a los servicios sociales correspondientes de cada comunidad autónoma para gestionar las ayudas necesarias.
La vacunación de las personas ucranianas desplazadas a España no coincide con la de la población de nuestro país. Por ello, tanto a la población infantil como a la adulta se les realizará una valoración individualizada de su estado de vacunación y se les ofrecerán las vacunas, según edad y condición de riesgo, de acuerdo con las recomendaciones aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS).