Ridao afirma en un libro que la Constitución define los poderes del Estado y sobre todo sus límites
Reflexiona sobre los cambios en la arquitectura constitucional por las crisis económicas
BARCELONA, 7
El jurista Joan Ridao acaba de publicar el ensayo Constitucionalismos. Una inmersión rápida (Tibidabo Edicions), en el que considera que la Constitución define los poderes del Estado, su funcionamiento y algo «más importante»: sus límites.
El también profesor de Derecho Constitucional de la UB y director del Institut d Estudis d Autogovern (IEA) analiza los diferentes conceptos de constitución y diversos modelos de constitucionalismo desde una perspectiva histórica comparada, analizando diferentes países del mundo.
Constata que el derecho constitucional estudia la constitución entendida como pacto político de base y como norma fundamental, y añade: «Con esta definición se pretende descartar, precisamente, que la constitución permita cualquier actividad arbitraria en el ejercicio del poder».
TRES MODELOS
El libro resume los tres modelos de constituciones: uno es el liberal, que toma el modelo inglés, norteamericano y francés posterior a las revoluciones burguesas, y que España experimentó con la Constitución de Cádiz de 1812.
Otro es el modelo socialista, consecuencia del materialismo histórico de raíz marxista-leninista y que tiende al igualitarismo económico; y el tercer modelo es el constitucionalismo social, surgido de la posguerra europea y como respuesta al positivismo, el fascismo y el nazismo, que se centra principalmente en Alemania e Italia y después de las dictaduras portuguesa y española.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Sobre la Constitución Española de 1978, Ridao sostiene que es una manifestación del titular del poder constituyente como sujeto político con voluntad propia, «aunque mediatizado por unos acuerdos previos entre franquistas y demócratas y desde posiciones en ningún caso de equilibrio».
También reflexiona sobre la modificación de la arquitectura constitucional basada en el estado social y de derecho durante los últimos años, y lo atribuye a dos factores: la crisis económica, que ha llevado a «un cierto replanteamiento de los derechos sociales en nombre del rigor económico y presupuestario», y el carácter vinculante de las sentencias de la justicia europea.
EL PROBLEMA ACTUAL
«El principal problema al que se enfrenta el estado social y democrático de derecho hoy en día es la crisis derivada de la imposibilidad de atender a las demandas sociales crecientes a causa de la falta de recursos provocada por las crisis económicas cíclicas», sostiene el profesor.
También considera que actualmente se produce una situación paradójica en el marco europeo, con la aparición de un derecho propio europeo, ya que los gobiernos nacionales «pueden hacer por la vía del derecho europeo lo que no podrían hacer en la esfera de los ordenamientos estatales, sometidos a los principios de constitucionalidad y legalidad».