Renta 4 convoca junta para el 27 de abril y recomienda no asistir físicamente si persiste el estado de alarma
El consejo de administración de Renta 4 ha acordado convocar la junta general ordinaria de accionistas el próximo 27 de abril en Madrid, según ha informado el banco, que recomienda la no asistencia física a la misma y el voto a distancia o delegado si las medidas extraordinarias derivadas del estado de alarma se mantienen hasta al menos 24 horas antes de la celebración de la junta.
La entidad ha explicado en una comunicación remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que si 24 horas antes de la celebración de la junta se mantuviese el estado de alarma por la crisis del Covid-19 se mantendrá la posibilidad de realizar el seguimiento de la junta mediante la web corporativa.
Dicha retransmisión no se considerará asistencia telemática según los términos establecidos en la Ley de Sociedades de Capital, por lo que los accionistas deberán ejercer su derecho a voto conforme los medios de delegación y voto a distancia recogidos en la convocatoria para dicha situación excepcional
No obstante, y en lo que se refiere únicamente de los miembros del Consejo de Administración, Renta 4 subraya que en dichas circunstancias excepcionales, los consejeros podrán asistir telemáticamente a la junta por medio de audioconferencia o videoconferencia, a fin de garantizar su asistencia.
Entre los puntos del orden del día que se someterán a la aprobación de la junta se encuentra la propuesta de aplicación de resultados correspondiente a 2019 por importe de 17.258.000 euros.
De esta cantidad, 8.117.000 euros corresponden al pago de dividendos que ya se encuentran distribuidos en su totalidad a cuenta y 4.060.000 euros se distribuirán entre los accionistas de forma proporcional al capital desembolsado en concepto de dividendo complementario a cargo de resultados. El pago de este dividendo se hará antes del 10 de mayo.
El resto de los 17,2 millones, en concreto 5.081.000 euros, serán para dotar la reserva voluntaria una vez dotada la reserva legal obligatoria.