Puigdemont alega indefensión ante la negativa del Tribunal de Cuentas de ampliar el plazo para el pago de los avales
Su defensa recurre la decisión de la instructora del expediente, cuya imparcialidad cuestiona por ser un cargo de libre designación
El ex president de la Generalitat Carles Puigdemont ha recurrido la decisión del Tribunal de Cuentas de ampliar el plazo fijado para este miércoles a los 34 excargos de la Generalitat que deberán abonar la fianza de 5,4 millones de euros que les reclama en concepto de responsabilidad contable por el presunto uso irregular de fondos para las denominadas embajadas catalanas y el Diplocat entre 2011 y 2017. Solicita a este órgano que reconsidere su postura y amplíe el plazo para la entrega de las cantidades.
El recurso se presenta con independencia del anuncio realizado por el conseller de Economía, Jaume de que la Generalitat recurrirá finalmente al Instituto Catalán de Finanzas (ICF) para cubrir las fianzas q. Por el momento, el tribunal contable no ha dado cuenta de forma oficial de la recepción de estas cantidades, para lo que los afectados tienen de plazo hasta las doce de esta noche.
La defensa de Puigdemont señala en su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que no logra entender cómo los quince días dados para la presentación de las fianzas pueden ser considerados como un plazo razonable y suficiente para depositar la cantidad exigida directamente al ex president, que asciende a un total de 2.085.507,80 .
«En efecto, ante la ausencia total y absoluta de argumentación que pueda aclarar a esta parte los motivos que han llevado a la denegación de la solicitud de ampliación del plazo otorgado, no queda sino entender que nos encontramos ante una resolución a todas luces inmotivada y desproporcionada y, sin duda, causante de indefensión», señala el escrito del abogado Gonzálo Boye.
DUPLICIDAD DE FIANZAS
A juicio del letrado, la liquidación provisional realizada por el tribunal de cuentas -que busca asegurar las cantidades a las que los ex cargos independentistas podrían ser condenados en el futuro juicio contable- vulnera además el principio non bis in idem , pues sanciona los mismos hechos que ya generaron la obligación de un afianzamiento en relación con el procés independentista juzgado en el Tribunal Supremo.
Igualmente, se denuncia vulneración a la tutela judicial efectiva, del derecho a la defensa, a un proceso contradictorio y a la presunción de inocencia; así como del principio de igualdad de armas. Todos estos argumentos, que se desarrollan de cara a un futuro procedimiento ante la justicia europea, debería suponer la nulidad de todo lo actuado a juicio de la defensa de Puigdemont.
Incide en su escrito que se ha privado a esta parte de su derecho a la defensa durante toda la instrucción de la causa, mientras se iban practicando diligencias que no podía conocer, «actuando como si se hubiera dictado un verdadero secreto de las actuaciones».
Además, el escrito cuestiona a la delegada instructora, de quien señala que ocupa un puesto de trabajo provisto por el sistema de libre designación, lo que afirma «resulta palmariamente incompatible con el derecho a un tribunal independiente e imparcial».
«En estas condiciones, el hecho de ocupar un puesto de trabajo provisto por el sistema de libre designación resulta incompatible, desde el punto de vista de la independencia jurisdiccional, con la instrucción de unas actuaciones previas integradas en el procedimiento de enjuiciamiento contable, lo que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, al juez ordinario predeterminado por la Ley, así como a un proceso con todas las garantías», insiste en su escrito.