Bruselas propone sendas según deuda por país pero exige un ajuste anual mínimo del déficit del 0,5% del PIB

BRUSELAS, 26

La Comisión Europea ha presentado este miércoles su propuesta de revisión de las reglas fiscales, que contempla una senda de gasto sujeta a la deuda por país, pero con un ajuste anual mínimo del déficit del 0,5% del PIB para los años en los que se prevé que el desequilibrio negativo de las administraciones públicas supere el valor de referencia del 3%, un parámetro común que se ha introducido a petición de países como Alemania.

Además, serán los Gobiernos de cada Estado miembro los que deban presentar sus propios planes de ajuste fiscal a medio plazo en base a una reducción de la senda de gasto «plausible» que permita mantener la deuda en niveles «prudentes» a lo largo de un periodo de cuatro años que podrá ampliarse hasta un máximo de siete si se apoya en reformas e inversiones específicas.

Por su parte, la Comisión proporcionará trayectorias técnicas que muestren qué ajuste fiscal es necesario para garantizar que se cumplen los criterios de los valores de referencia del 3% y el 60%, pero serán los Veintisiete quienes deberán respaldar los planes estructurales presentados por cada país, así como de los compromisos de reforma e inversión en que se basa la prórroga.

Asimismo, la revisión introduce una cláusula específica de escape para los Estados miembro que contempla la posibilidad de eventos extraordinarios, tales como pandemias o guerras, derivada del contexto tras la pandemia y de la crisis provocada por el ataque de Rusia a Ucrania.

No obstante, aunque las propuestas proporcionan a los Estados miembro un mayor control sobre el diseño de sus planes a medio plazo, también establecen un régimen de aplicación más estricto para garantizar que cumplen los compromisos que asumen en sus planes a medio plazo.

En el caso de los Estados miembro que afrontan importantes retos en materia de deuda pública, las desviaciones de la senda de ajuste fiscal acordada conducirán por defecto a la apertura de un procedimiento de déficit excesivo.

Si no se cumplen los compromisos de reforma e inversión que justifican una prórroga del período de ajuste presupuestario, el período de ajuste podría ampliarse. El incumplimiento de los compromisos de reforma e inversión que justifiquen una prórroga del período de ajuste presupuestario podría dar lugar a la reducción de este período.

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