La CNMC reitera a Fomento que sus normas para el VTC y el autobús son negativas para los usuarios

Insta a replantear la regulación de estos servicios porque restringe «de forma injustificada» la competencia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha vuelto a indicar al Ministerio de Fomento que su regulación para determinados servicios de transporte de viajeros, como los vehículos de alquiler con conductor (VTC) y los autobuses, y de mercancías restringe «de forma injustificada» la competencia y, por ello, «repercute negativamente en los consumidores y usuarios».

Así lo indica el superregulador en esta ocasión con motivo del informe emitido sobre el proyecto de Real Decreto por el que se Fomento prevé modificar diversas normas reglamentarias para adaptarlas a la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres (LOTT) y a los cambios de la UE.

La CNMC publica este informe apenas unas semanas después de que emitiera el correspondiente a los nuevos requisitos que Fomento prevé imponer a los VTC, que ya consideró «inustificados» y contrarios a la Competencia.

Además, tiene lugar en tanto está pendiente de fallo el recurso que el órgano que preside José María Marín Quemada presentó en abril de 2016 ante la Audiencia Nacional sobre la anterior reforma del reglamento de la Ley, la de 2015, por la que el Gobierno volvió a regular el sector de empresas como Uber y Cabify y articuló un ratio para dar a estas firmas una licencia por cada treinta que se conceden al taxi.

A todo ello se suma la oposición que la Comisión ha manifestado a los planes del Departamento que dirige Íñigo de la Serna para volver a fusionar a Renfe y Adif en un holding ferroviario.

En esta ocasión, en el informe sobre el Real Decreto de modificación de la LOTT, la CNMC señala al Ministerio la «conveniencia» de «replantearse» su normativa sobre transporte de viajeros y mercancías por carretera, desde las ambulancias hasta los camiones de carga, pasando por el autobús y el VTC.

En opinión de la Comisión, estos servicios «están sometidos a una regulación muy intensa que restringe, de forma injustificada, la competencia en el sector, lo que, en última instancia, repercute negativamente en los consumudores y los ususarios».

NO PUEDEN BAJAR EL PRECIO DEL BILLETE.

En concreto, el superregulador» señala que algunas exigencias constituyen barreras de acceso a los operadores de transporte por carretera, como es la de tener una forma jurídica concreta o de domiciliar las licencias en un territorio concreto.

También detecta «cargas innecesarias, desproporcionadas e injustificadas», como el hecho de que las licencias de transporte tengan que vincularse a vehículos concretos, matricularlos todos en España o contar con una flota mínima.

La CNMC también apunta al hecho de que se impida que los operadores de transporte en autobús lancen servicios de transporte de viajeros por iniciativa privada, esto es, que sea la Administración la que decida establecer una nueva línea y que su explotación sea en régimen de monopolio.

Además, y en este caso de los autobuses, denuncia la dificultad de las empresas para bajar sus tarifas, descensos que pueden ser «prohibidos» por la Administración.

La comisión apunta asimismo al «importante papel» que las patronales de transportistas de mercancías y viajeros tienen como «colaboradores» de la Administración. «Este papel no sólo es peligroso para la competencia, ya que puede facilitar una colusión y reducir los incentivos para competir, sino que es discriminatorio respecto a los usuarios, a quienes no se reconoce de la misma manera», argumenta la CNMC.

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