OCU recuerda a los afectados por cancelaciones de vuelos a qué tienen derecho y cómo reclamar a las aerolíneas

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado que, ante las cancelaciones de vuelos, como las acaecidas por los fallos técnicos en los aeropuertos de Reino Unido este lunes, las aerolíneas deben prestar asistencia adecuada y llevar a los viajeros a destino planteando alternativas de transporte «razonables» y que garanticen una llegada a destino «lo más pronto posible».

En un comunicado, la entidad también ha recordado que, si la cancelación está amparada por una circunstancia extraordinaria, el pasajero tiene derecho a la devolución del precio del billete, pero no a una indemnización adicional.

En este sentido, advierte que esa posible circunstancia extraordinaria debe ser probada por la aerolínea, como por ejemplo con una tormenta, debiendo acreditar que sus aeronaves no podían despegar y aterrizar con total seguridad.

Además, debe ofrecerse gratuitamente en estos supuestos, manutención adecuada al tiempo de espera, alojamiento con pernocta y transportes que permitan el traslado entre aeropuerto, lugares de alojamiento, y destino del vuelo, según la OCU.

«A su vez las compañías tienen un mayor deber de atención en el caso de personas con discapacidad o movilidad reducida conforme a la normativa que deben cumplir», ha añadido.

Sin embargo, la organización lamenta que en muchos casos la realidad es «bien distinta» y los viajeros se encuentran «desamparados»: durmiendo en los aeropuertos, sin soluciones razonables para llevarlos a destino e incumpliendo nuevamente sus obligaciones de asistencia y atención conforme a la normativa europea.

RECURRIR A AESA SI ES NECESARIO.

Por otro lado, la OCU ha recordado a los usuarios que pueden comprobar la situación del vuelo en la página web de la compañía o de Aena, antes de desplazarse al aeropuerto correspondiente.

Además, cualquier compensación o indemnización hay que solicitarla por escrito, directamente a la aerolínea, a través de su página web o en el mostrador del aeropuerto, dejando constancia de las circunstancias y la fecha, o bien a través de la agencia de viajes o la plataforma a través de la que se pagó el servicio.

En caso que la respuesta no sea conforme a nuestras pretensiones, podemos presentar una reclamación ante la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), entidad encargada de velar por el cumplimiento de los derechos de los pasajeros, y que desde el pasado mes de mayo de este año está habilitada como entidad de resolución alternativa de litigios, lo que «permite que sus informes sean vinculantes y de obligado cumplimiento evitando la necesaria reclamación judicial para los consumidores».

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