Los inspectores de Hacienda celebran que el TC avale las sanciones a los que no aporten información contable
La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado ha celebrado que el Tribunal Constitucional avale la normativa actual sobre las sanciones a aplicar en el caso de resistencia a una actuación inspectora.
En concreto, los inspectores de Hacienda se refieren al supuesto más grave de no querer aportar los libros de contabilidad y los justificantes de su actividad, según han detallado en un comunicado.
El Tribunal Constitucional considera que el importe, de por sí muy elevado de estas sanciones, no incumple ninguno de los principios habituales como el de culpabilidad, ni el de proporcionalidad.
El artículo 203 de la Ley General Tributaria regula una serie de supuestos específicos de sanciones por resistencia, cuyo importe económico se gradúa en función de la gravedad de las conductas de resistencia; en el supuesto menos grave la sanción a imponer es de 150 euros.
En opinión de la asociación, la sentencia otorga «seguridad jurídica en el caso de imposición de sanciones previstas por resistencia de empresarios ante su negativa a aportar su contabilidad». Asimismo, los inspectores han recalcado que en el supuesto de que estas infracciones estén pendientes de resolver en los Tribunales, con esta sentencia del Tribunal Constitucional, se da por zanjada la posible polémica.