Los consejeros dominicales asumen menos funciones en España que en países homólogos, según un estudio
España podría estar en desventaja a la hora de captar inversión internacional con respecto a otros países homólogos, ya que sus consejeros dominicales pierden las funciones de independientes al poseer más del 3% del capital de la compañía, frente al 10% que establece la mayoría de inversores institucionales, según un estudio elaborado por la consultora Georgeson y las firmas de abogados Uría Menéndez y Davis Polk.
El objetivo del informe es concienciar a las autoridades competentes sobre la necesidad de ajustar la regulación para flexibilizar la figura del consejero dominical, permitiendo a las cotizadas españolas «jugar en un mismo marco de referencia con sus comparables internacionales», a la vez que se contribuye con el desarrollo del «buen gobierno» en España, ha explicado el consejero delegado de la consulta Georgeson, Stefano Marini.
«Se trata simplemente de permitir que las funciones reservadas a los independientes por las normas y recomendaciones de buen gobierno puedan ser desarrolladas también por los pequeños dominicales «, ha añadido el socio de Uría Menéndez Cándido Paz-Ares.
La normativa española considera que un consejero independiente deja de serlo y se reputa como dominical cuando tiene una participación en la sociedad igual o superior al 3% (o al 1% en el caso de sujetos que tengan su residencia en un paraíso fiscal). A nivel internacional, la mayoría de inversores institucionales establece en sus políticas de voto que un consejero independiente pierde su condición como tal cuando su participación alcanza el 10% del capital.
El estudio considera que esta circunstancia pone en desventaja a las sociedades españolas en la configuración de sus consejos de administración. En concreto, identifica que el 25,5% de las compañías cotizadas españolas (siete del Ibex 35 y 21 del mercado continuo) tiene consejeros dominicales titulares de entre el 3% y el 10% del capital y que satisfacen los requisitos para ser considerados independientes –los llamados consejeros microdominicales –.
El informe concluye que el papel que están llamados a desempeñar los consejeros independientes «lo pueden ejecutar, al menos con igual o mayor eficacia, los consejeros microdominicales , ya que además de cumplir con los requisitos para ser independientes, velan por los intereses de un inversor que compromete un cuantioso volumen de recursos, y por esa razón estará interesado en maximizar el valor sostenido de la compañía con su inversión en la compañía».