Los bancos han remitido cerca de 16.200 hipotecas a los notarios desde la entrada en vigor de la nueva ley
Los bancos han remitido un total de 16.187 operaciones hipotecarias desde el pasado 6 de junio, cuando entró en vigor la nueva ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, hasta el pasado viernes, según datos del Consejo General del Notariado (CGN) trasladados a Europa Press.
«En líneas generales, el trabajo de las entidades está siendo muy correcto y de gran intensidad, lo que se demuestra en el pequeño y hasta residual porcentaje de subsanaciones requeridas por los notarios», han explicado fuentes del CGN.
No obstante, el Colegio Notarial de Madrid sí que ha lanzado un toque de atención a las pequeñas entidades, ya que considera que algunas están simplificando sus procedimientos y siendo así menos transparentes. Con todo, han subrayado que la labor de depuración de los notarios corrige con «gran celeridad» errores u omisiones.
En caso de que exista alguna subsanación, el banco recibe inmediatamente una notificación. «Es un proceso ágil y rápido de conexión», han precisado las mismas fuentes, añadiendo que en la mayoría de los casos atienden a la falta de algún documento o que el ciudadano no está de acuerdo con cierta condición. En este último caso, el cliente acudiría al banco para renegociar o, en caso contrario, para no seguir adelante.
La poca experiencia acumulada hasta ahora en lo que respecta a los cambios en la fase previa a la contratación de este tipo de préstamos, que sigue un proceso «muy normal», demuestra incluso que los ciudadanos están más interesados en conocer en detalle el contenido del proyecto de la hipoteca y hasta hacen uso del derecho que tienen para elegir al notario que les parezca.
EL PROCESO
Una vez un ciudadano decide contratar una hipoteca con su banco, la entidad debe remitir toda la documentación a la plataforma notarial. Elegido el notario por parte del ciudadano, el funcionario debe verificar que está completa y así dar luz verde para continuar con el proceso de contratación.
Posteriormente, se fija una fecha en la que se reúne el prestatario con el notario, donde se le explicará toda la documentación, se le aclararán dudas y se le realizará un test. En caso de que no haya nada que subsanar, el notario levanta acta para proceder a la firma.
Fuentes del CGN consultadas por Europa Press, a cuya plataforma está conectado ya prácticamente la totalidad del sector a falta de algunas entidades muy pequeñas que tienen como límite el próximo miércoles 31 de julio para acoplarse, han recordado que la nueva ley hipotecaria requiere que la sede electrónica notarial cumpla tres condiciones.
En primer lugar, debe permitir a los notarios la comprobación fehaciente de la fecha y el contenido de la documentación entregada a los prestatarios, cumpliéndose los plazos establecidos de reflexión.
De igual modo, no puede ocasionar ningún coste a los ciudadanos, ya que la ley establece que este servicio debe ser gratuito. En tercer y último lugar, tiene que garantizar que los consumidores elijan al notario que prefieran, debido a que es un derecho y una obligación.