Los asesores fiscales alertan del «caos» de la DEHú , el nuevo sistema de notificaciones electrónicas

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) advierte de la «confusión y caos» que se está generando con la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú), el nuevo sistema implementado para notificar documentos y actos administrativos a los ciudadanos al que están adheridos unos 8.000 organismos públicos.

Los expertos fiscales aluden a la «enorme confusión e inseguridad jurídica, tanto por la existencia simultánea de dos servicios (NEO y DEHú) como por la imposibilidad de configurar alertas por correo electrónico en el nuevo sistema «DEHú».

El grupo de expertos en derechos y garantías de los contribuyentes y de práctica tributaria de Aedaf recuerda que los plazos de las alegaciones y recursos dependen de las notificaciones administrativas.

Por ello, avisan de que una incorrecta gestión de las notificaciones puede acarrear la firmeza del acto notificado, impidiendo así poder discutir el fondo de la cuestión, al tiempo que añaden que «de existir una deuda, ésta debe satisfacerse en los plazos establecidos que por lo general se inician al notificarse el acto correspondiente».

SERVICIO NOTIFICACIONES060

El Ministerio de Asuntos Económicos y Administración Digital mantiene actualmente el conocido servicio «notificaciones060» en el sitio web denominado «Dirección Electrónica Habilitada».

Este sistema se aplica a las sociedades y entidades y otros contribuyentes obligados por la normativa y consistía en asignar a cada destinatario un buzón electrónico llamado «Dirección Electrónica Habilitada», en el que se depositaban las notificaciones y que debía revisarse periódicamente.

A los diez días naturales de la notificación, si el destinatario de la notificación no había accedido a la misma, se daban por iniciados los plazos, explica Aedaf, que ha realizado recientemente una consulta a dicho sitio web y ha comprobado que incluye algo más de 300 emisores y destaca la ventaja que supone este servicio, ya que evita el peregrinaje por los distintos buzones electrónicos de las diferentes administraciones u organismos públicos.

Además, valora que este servicio contempla la posibilidad de incluir alertas a una o varias direcciones de correo electrónico.

El coordinador del Grupo de Expertos de Aedaf en Derechos y Garantías, Alejandro Miguélez, explica que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, extendió el procedimiento de notificación electrónica a la mayoría de destinatarios.

De esta manera, su artículo 14 reservó los medios tradicionales de notificación (en papel) a las personas físicas cuando no estén representadas por abogados u otros profesionales sometidos a colegiación obligatoria actuando en ejercicio de su profesión. Miguélez aclara que, con posterioridad, «en el artículo 43.1 de dicha Ley se creó la llamada Dirección Electrónica Habilitada única, en acrónimo «DEHú», al objeto de practicar las notificaciones por medios electrónicos.

Los problemas para el contribuyente, según Miguélez, empiezan cuando, a diferencia del servicio «notificaciones060», el sistema «DEHú» no permite actualmente indicar una o varias direcciones de correo electrónico para enviar avisos que alerten al destinatario de la existencia de notificaciones.

«Hay dos sistemas distintos de notificación electrónica, que funcionan de forma simultánea y que son mantenidos por el mismo Ministerio, el servicio notificaciones060 y el nuevo sistema «DEHú», ha apuntado, denunciando que dicha duplicidad genera una «gran inseguridad y confusión» entre los ciudadanos.

En todo caso, Aedaf ha puesto esta situación en conocimiento del Ministerio y espera una respuesta que permita aclarar y facilitar el proceso para los contribuyentes.

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