Juristas y periodistas enmiendan la Ley de Memoria Democrática y rechazan penalizar la exaltación del franquismo

Alertan de que puede ser inconstitucional y aseguran que «no se sostiene» castigar penalmente los discursos revisionistas

La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), que engloba a colectivos de juristas, periodistas y medios de comunicación, ha presentado sus alegaciones al anteproyecto de Ley de Memoria Democrática redactado por el equipo de la socialista Carmen Calvo y ha rechazado, por ejemplo, que se pretenda penalizar la «exaltación de la Guerra Civil o de la dictadura» por considerar que esas opiniones deberían enmarcarse dentro de la libertad de expresión.

En su documento, la PDLI pone «serias pegas» al texto que ha redactado el Ministerio de Presidencia en lo relativo a la regulación de infracciones y sanciones por el «elevado riesgo» que, desde su punto de vista, representa para la libertad de información y expresión.

En particular, la plataforma rechaza la penalización (sea por vía administrativa o penal) de este tipo de discursos políticos que, según subraya, «desde la perspectiva de los estándares internacionales de defensa de los Derechos Humanos también deben ser protegidos».

«Al calor de la tutela -muy legítima- de las víctimas, acaba por excluirse del debate público lo que, aunque incomode o irrite, pertenece a ese ámbito. Castigar penalmente a un revisionista no sesostiene», argumentan, incidiendo en que «las ideologías contrarias a la democracia están claramente protegidas» por la Constitución y el Tribunal Constitucional.

LIMITADÍSIMOS DELITOS DE ODIO

Para la PDLI, castigar la humillación de las víctimas o de sus familiares, «para los limitadísimos supuestos en que tales expresiones puedan constituir un delito de discurso deodio», es un juicio «que no puede dejarse en manos de una autoridad administrativa y política como la Secretaría de Estado».

Tras recalcar que estas posibles acciones sancionables ya están cubiertas por el Código Penal, destacan que «evaluar si la humillación a las víctimas constituye un delito deodio es algo tan complejo y sensible que no puede quedar en manos de la Administración, sino de los jueces».

«La mera exaltación de la Guerra Civil o de la dictadura no es algo que deba juzgarse ni siquiera por jueces en el ámbito penal», señala la PDLI, que lo considera «simplemente inaceptable, por cualquier vía, al vulnerar estándares internacionales en materia de libertad de expresión.

CORRECTIVOS «DESPROPORCIONADOS»

Además, la plataforma considera que las sanciones previstas en la ley, que pueden alcanzar los 150.000 euros, constituyen «un correctivo desproporcionado».

Por todo ello, alerta de que la nueva Ley de Memoria, tal y como está redactada «podría ser inconstitucional desde el principio de legalidad sancionadora (art. 25 CE) y además vulneraría el artículo 20 de la Constitución, relativo a la libertad de expresión e información».

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