La Seguridad Social sigue sin atender la orden del Tribunal de Cuentas de motivar mejor sus contratos

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) no han cumplido las recomendaciones dadas por el Tribunal de Cuentas durante la fiscalización de estos organismos desde 2013 relativas a la necesidad de motivar suficientemente la elección del procedimiento de adjudicación y los criterios de adjudicación.

Así consta en el informe relativo al seguimiento de las recomendaciones efectuadas por el Tribunal de Cuentas en los informes de fiscalización aprobados por su Pleno en los años 2013 y 2014 sobre la contratación celebrada por las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, así como de las resoluciones de la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas respecto a dichos informes.

La fiscalización analiza el grado de recomendaciones formuladas, verifica si se han adoptado medidas para corregir deficiencias detectadas y analiza la efectividad de dichas medidas. Dado que los informes fueron aprobados en 2013, 2014 y 2017, la fiscalización analiza actuaciones de gestión realizadas desde 2013 a 2017.

MEJORAR LA JUSTIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

Respecto al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el Tribunal señala el incumplimiento de recomendaciones referidas a la conveniencia de mejorar la justificación de necesidad que pretende cubrirse con el contrato, la elaboración de una memoria o estudio económico justificativo del coste real de la prestación que se va a contratar.

Todos estos incumplimientos, subraya el órgano fiscalizador, responden a que la entidad considera que las actuaciones desarrolladas se ajustan a la normativa. Sí que detecta cumplimientos parciales en la adecuación de los criterios de adjudicación a la normativa, la restricción del uso de contratos menores, la promoción de concurrencia y de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

CUÁNDO REALIZAR UN MODIFICADO

En la Tesorería General, los incumplimientos también afectan a la adecuada justificación de cuándo poder realizar un modificado en contratos, puesto que se basaron en supuestos de fuerza mayor, caso fortuito o nuevas necesidades, apunta el Tribunal, que considera que estas circunstancias, al menos en parte, podrían haberse previsto en la redacción del proyecto.

Los cumplimientos parciales de la Tesorería General se ciñen a la justificación de la necesidad que pretende cubrirse, la elaboración de memoria o estudio justificativo del coste real de la prestación, y la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres.

Ambas instituciones, tanto el INSS como la TGSS, cumplieron parcialmente la la recomendación relativa a la elaboración de informes sobre las causas de los reiterados incumplimientos de las recomendaciones del Tribunal de Cuentas.

TRANSPARENCIA, CONCRECIÓN EN CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

Respecto al Instituto Social de la Marina, el Tribunal señala el cumplimiento parcial de recomendaciones que se refieren a la restricción de la contratación menor, la promoción de la concurrencia de ofertas en estos contratos, la elaboración de memorias para justificar el coste de la prestación o la adecuación de aspectos de pliegos de las cláusulas a la normativa, particularmente los criterios de adjudicación.

Por último, el Tribunal destaca que, si bien la Secretaría de Estado de la Seguridad Social –órgano al que están adscritas las tres entidades mencionadas– ha establecido procedimientos que eviten recurrir en exceso a la contratación menor, no ha sido posible comprobar el cumplimiento de varias recomendaciones.

Entre ellas, la transparencia en la preparación de contratos, la adecuada justificación de modificaciones en contratos de obras, la concreción en pliegos de cláusulas referidas a los criterios de adjudicación y la vinculación de los criterios con el objeto de los contratos.

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