La ley de amnistía inicia mañana su recorrido por el Tribunal Constitucional
El TC se dispone a admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad del TS
El Tribunal Constitucional comenzará este miércoles su debate sobre la ley de amnistía, en base a la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Supremo (TS), que se espera que sea admitida a trámite para dar paso a su estudio en profundidad, si bien el fallo podría tardar en llegar hasta un año, según las fuentes de la corte de garantías consultadas por Europa Press.
Estaba previsto que el TC estudiara este martes la ponencia del magistrado conservador Ricardo Enríquez que aboga por admitir a trámite la pregunta formulada por el Supremo, pero la ausencia de un magistrado por motivos personales ha obligado a posponer el asunto para garantizar que los doce miembros del tribunal participan de la discusión en un tema de tanta relevancia.
Con todo, está previsto que sea este miércoles cuando el Pleno estudie el primer asunto relativo a la ley de amnistía y lo hará a instancias del TS, que el pasado julio se dirigió al TC al considerar que el artículo 1 de la ley de amnistía vulnera el derecho constitucional a la igualdad y los principios de seguridad jurídica, proscripción de la arbitrariedad y exclusividad jurisdiccional.
El Supremo decidió acudir al Constitucional tras estudiar el caso de dos condenados por desórdenes públicos por unos hechos ocurridos en Girona tras la sentencia que condenó al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras y otros líderes del procés .
Las citadas fuentes avanzan que la cuestión de inconstitucionalidad se admitirá a trámite con un apoyo transversal, puesto que nadie duda de que la ley de amnistía merece un análisis por parte de la corte de garantías.
Como paso previo, el TC analizará la decisión del magistrado progresista Juan Carlos Campo de abstenerse de dicha deliberación, ya que cuando era ministro de Justicia dijo que la amnistía era «claramente inconstitucional» en los informes sobre los indultos a los condenados por el procés .
No es la primera vez que el magistrado presenta su abstención sobre la amnistía. Ya decidió apartarse en noviembre de 2023 –cuando la ley se estaba negociando– de un recurso de amparo presentado por un particular, para salvaguardar la «imparcialidad» del Constitucional.
Fuentes del TC anticipan que el Pleno aceptará la abstención de Campo en las deliberaciones sobre la cuestión de inconstitucionalidad. Sus compañeros lo ven como un caso claro, ya que fijó posición en un documento oficial que formaba parte de un procedimiento que se desarrolló hace tres años.
RISTRA DE RECURSOS Y RECUSACIONES
Así las cosas, la correlación de fuerzas entre los bloques progresista y conservador del Constitucional quedaría 6 a 5, con lo que el primero mantendría su mayoría.
Una vez admitida, la respuesta al TS tardará en llegar entre seis meses y un año y, aunque no se podrá extender automáticamente al resto de cuestiones de inconstitucionalidad y recursos que puedan llegar, porque el contenido impugnado y los argumentos expuestos pueden variar, lo cierto es que marcará el camino.
De acuerdo con las referidas fuentes, cuando se resuelvan las dudas manifestadas por el Supremo, será el turno de los recursos de inconstitucionalidad. De momento, el TC tiene en sus manos los presentados por el PP y varias autonomías gobernadas por los de Alberto Núñez Feijóo, como Madrid o Andalucía.
El magistrado conservador José María Macías se ocupará de la ponencia sobre el recurso firmado por Génova , según ha tocado por turno de reparto. Las fuentes consultadas aseguran que no sopesa abstenerse, a pesar de que se pronunció contra la ley de amnistía como vocal del CGPJ.
De los demás recursos de inconstitucionalidad registrados por las comunidades populares , Campo ha recibido el de Cantabria, pero se espera que se abstenga y, por turno, recaiga en su compañero conservador César Tolosa.
Al margen de las abstenciones, ya son varios los recursos acompañados de recusaciones contra tres magistrados: el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez y Campo. Sin embargo, en la sede de Domenico Scarlatti ven poco recorrido a estas peticiones.
Ventilados los recursos de inconstitucionalidad, la corte de garantías se detendrá en los de amparo, que a diferencia de los primeros sí podrán acumularse para que un solo magistrado se ocupe de las ponencias de todos ellos.
EL VOTO TELEMÁTICO
En este mismo Pleno, los magistrados resolverán el recurso presentado por Casero, donde pide que se declare vulnerado su derecho al ejercicio de la función representativa y, como forma de reparación, que se anule la votación en la que se dio por válido su voto telemático impidiendo así que votara presencialmente.
En este caso, la ponencia redactada por el magistrado progresista Ramón Sáez aboga por rechazar el recurso de amparo del ex diputado popular , una posición que también contaría con el aval mayoritario.
Cabe recordar que en esa votación, celebrada el 3 de febrero de 2022, la reforma laboral salió adelante por 175 votos a favor frente a 174 en contra, por lo que el error de Casero en el voto telemático fue clave para que prosperara.
El Constitucional se centrará en dilucidar si la entonces presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, debió permitir que Casero votara presencialmente una vez emitido el voto telemático.
Casero impugna, en primer lugar, que su voto telemático se considerara válido, pero la ponencia razona que desde la pandemia de coronavirus ya no es necesario que el voto telemático se confirme telefónicamente, por lo que una vez emitido –salvo error técnico– sería válido.
Por otro lado, el ex diputado popular reprocha a Batet que no convocara la Mesa del Congreso para resolver el conflicto. Sin embargo, para Sáenz este motivo de impugnación no puede prosperar porque no fue Casero quien pidió reunir al órgano sino su grupo parlamentario.
Se trata del primero de los tres recursos que el TC tiene sobre este asunto, ya que PP y Vox también impugnaron. Posteriormente, los letrados del Congreso concluyeron que el voto telemático de Casero fue válido porque no hubo error informático, sino humano, del propio diputado.