La JEC permite a la Generalitat poner urnas al aire libre, pero dentro del colegio electoral y no en la calle
La Junta Electoral Central (JEC) ha aceptado la petición de la Generalitat de instalar mesas de votación a la intemperie en la jornada electoral de este domingo en Cataluña, pero ha precisado que deben estar dentro del recinto electoral y nunca en la vía pública.
En un acuerdo recogido por Europa Press, la JEC admite que la celebración de elecciones en plena pandemia «obliga a reducir al máximo el riesgo que el ejercicio del derecho de sufragio puede suponer para la salud de la ciudadanía» y, en ese sentido, recuerda que «las autoridades sanitarias han puesto especial énfasis en la utilización prioritaria de los espacios al aire libre, puesto que en ellos disminuye el riesgo de transmisión del virus».
Por ello, el organismo arbitral sostiene que, «siempre que las condiciones meteorológicas lo permitan, la Generalidad de Cataluña, previa autorización expresa de la Junta Electoral de Zona correspondiente, podrá situar las Mesas electorales al aire libre».
NO VALE ESTAR CAMBIANDO CADA HORA DE UBICACIÓN
Eso sí, precisa que las urnas deben colocarse «dentro del recinto del local electoral» y «no en la vía pública», y aconseja que también esté fuera, si resulta posible, la mesa auxiliar con las papeletas y sobres electorales.
También subraya que, si se opta por colocar las mesas de votación a la intemperie, «éstas deberán mantenerse así durante toda la jornada electoral, salvo que razones de fuerza mayor obliguen a continuar la votación en el interior del local electoral».
Si ocurre esa circunstancia y hay que volver a meter las mesas bajo techo, «deberá suspenderse la votación por el tiempo estrictamente imprescindible para llevar a cabo el cambio de ubicación de la mesa, y la urna conteniendo los sobres de votación deberá desplazarse siempre en presencia de los miembros de la mesa electoral y de los interventores y apoderados, haciendo constar este incidente en el acta de la sesión». Y para compensar esa interrupción, «la sesión de votación deberá prorrogarse durante el tiempo en que haya estado suspendida la votación».
El acuerdo se ha trasladado a las cuatro Juntas Electorales Provinciales para su conocimiento y remisión a las Juntas de Zona y a los representantes de las candidaturas proclamadas.