La JEC ordena a Vox que deje entrar en su sede al redactor de El País
La Junta Electoral Central (JEC) ha ordenado este domingo a Vox que dejase entrar en su sede central de Madrid al redactor de El País encargado de cubrir la noche electoral, un requerimiento que el partido de Santiago Abascal ya ha cumplido.
En su resolución, dictada tras la denuncia interpuesta por este medio de comunicación, el organismo arbitral recuerda que Vox ha desatendido reiteradamente las resoluciones similares a esta dictadas anteriormente por la JEC, en particular la emitida el pasado 28 junio.
Teniendo en cuenta esta circunstancia, la JEC ha hecho un «requerimiento formal» al representante general de Vox para que «de forma inmediata» permitiera la entrada del redactor de El País . También le apercibía de «las responsabilidades administrativas y, en su caso, penales» en la que podría incurrir si no cumplía «estrictamente» este acuerdo.
Tras recibir la orden de la JEC, Vox ha dejado entrar a este periodista. Sin embargo, fuera de la sede del partido continúan, sin autorización para entrar, un informador de eldiario.es y otra de la Cadena Ser. Inicialmente esta última había podido acceder a la sede pero, al constatar Vox que la resolución de la JEC sólo afectaba al representante de El País, ha sido expulsada.
En aquella resolución del pasado 28 de junio, la JEC contestó a El País que, «aunque no era posible adoptar medidas preventivas respecto a sucesos futuros» de los que no había seguridad de que fueran a producirse, «cualquier formación electoral está obligada a cumplir con las resoluciones tanto de la Junta Electoral Central como de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en lo que se refiere a la no discriminación de los medios de comunicación durante los períodos electorales».
A lo que añadió que, «de producirse esa discriminación, corresponderá a las Juntas Electorales competentes adoptar las medidas necesarias para que cese esa discriminación y se restablezca a los afectados en el pleno ejercicio del derecho fundamental consagrado en el artículo 20 de la Constitución.»
YA PASÓ EN 2019
La JEC recuerda que esta misma situación ya se produjo en las últimas elecciones generales, y que entonces el organismo ya dejó claro a este partido que no podía «discriminar» a El País , «en relación con el resto de medios, impidiéndole el acceso a sus actos públicos de naturaleza electoral», dado que ello comporta una vulneración del articulo 66.2 de la Ley Electoral, que contempla «el derecho a comunicar y recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, recogido en el artículo 20.1 de la Constitución española».
Este acuerdo, remarca la JEC fue posteriormente confirmado por el Tribunal Supremo. También menciona otras dos sentencias de alto tribunal en las que «se reconoció el derecho de los medios de comunicación El País y la Cadena Ser a no ser discriminados mediante la denegación de la entrada en la sede de Vox durante la noche electoral, así como la competencia de las Juntas Electorales para adoptar todas las medidas necesarias para su efectivo cumplimiento».