La JEC archiva las diligencias contra la ministra de Transportes por un acto en la campaña de Castilla y León

La Junta Electoral Central (JEC) ha revocado la decisión del organismo arbitral de Castilla y León de actuar a instancias del PP contra la ministra de Transportes, Raquel Sánchez, por una visita institucional a Miranda de Ebro (Burgos) que realizó en la campaña de las elecciones autonómicas del 13 de febrero.

En una resolución recogida por Europa Press, la JEC señala que aquella visita de la ministra del 31 de enero no incumplió la prohibición de hacer propaganda electoral con medios públicos, ya que cuando estuvo recorriendo un centro operativo de Renfe «no consta que se hiciesen manifestaciones» políticas, sino que habló después, ya en una rueda de prensa en la sede del PSOE y en mensajes de su cuenta personal de Twitter, no la del Ministerio.

NO SE USARON MEDIOS PÚBLICOS

«La legislación electoral únicamente prohíbe que la expresión de logros o realizaciones se realice en un acto organizado o financiado, directa o indirectamente por los poderes públicos, sin que pueda extenderse a una declaración pública posterior, en la sede de una formación política, o a un mensaje en la cuenta personal de una red social, como sucedió en el caso examinado».

Tras recordar que «los periodos electorales no interrumpen el normal funcionamientos de las Administraciones Públicas», el máximo organismo arbitral entiende que no hay motivo par expedientar a la ministra y acepta su recurso, revocando el acuerdo adoptado inicialmente por la Junta Electoral de Castilla y León a instancias del PP.

El acuerdo de la JEC es firme en vía administrativa y contra el mismo sólo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

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La JEC archiva las diligencias contra la ministra de Transportes por un acto en la campaña de Castilla y León

La Junta Electoral Central (JEC) ha revocado la decisión del organismo arbitral de Castilla y León de actuar a instancias del PP contra la ministra de Transportes, Raquel Sánchez, por una visita institucional a Miranda de Ebro (Burgos) que realizó en la campaña de las elecciones autonómicas del 13 de febrero.

En una resolución recogida por Europa Press, la JEC señala que aquella visita de la ministra del 31 de enero no incumplió la prohibición de hacer propaganda electoral con medios públicos, ya que cuando estuvo recorriendo un centro operativo de Renfe «no consta que se hiciesen manifestaciones» políticas, sino que habló después, ya en una rueda de prensa en la sede del PSOE y en mensajes de su cuenta personal de Twitter, no la del Ministerio.

NO SE USARON MEDIOS PÚBLICOS

«La legislación electoral únicamente prohíbe que la expresión de logros o realizaciones se realice en un acto organizado o financiado, directa o indirectamente por los poderes públicos, sin que pueda extenderse a una declaración pública posterior, en la sede de una formación política, o a un mensaje en la cuenta personal de una red social, como sucedió en el caso examinado».

Tras recordar que «los periodos electorales no interrumpen el normal funcionamientos de las Administraciones Públicas», el máximo organismo arbitral entiende que no hay motivo par expedientar a la ministra y acepta su recurso, revocando el acuerdo adoptado inicialmente por la Junta Electoral de Castilla y León a instancias del PP.

El acuerdo de la JEC es firme en vía administrativa y contra el mismo sólo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.

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