Transportes sanciona con 601 € a un taxista de Cabezón por «no aplicar una tarifa inexistente en su municipio»

En el momento de la denuncia el Ayuntamiento no tenía autorizadas tarifas urbanas, según la Federación Cántabra del Taxi

SANTANDER, 13

La Dirección General de Transportes del Gobierno de Cantabria ha sancionado con 601 euros a un taxista de Cabezón de la Sal por «no aplicar una tarifa inexistente en su municipio», según asegura la Federación Cántabra del Taxi.

La multa fue impuesta por una «infracción grave» en 2018 cuando, de acuerdo con el colectivo profesional, el Ayuntamiento no tenía autorizadas las tarifas urbanas.

En este sentido, la agrupación explica que hasta el 31 de enero de 2019 no entró en vigor la Ordenanza Municipal reguladora del servicio de Autotaxi del Consistorio de Cabezón de la Sal.

Por tanto, hasta esa fecha existía en el municipio «la consabida libertad de pacto de precio», bajo la fórmula de Lista de precios predeterminada , algo auspiciado -señalan los taxistas a esta agencia- por la propia administración local.

Así, insisten en que hasta la modificación de la ordenanza había un acuerdo con el Ayuntamiento con una lista de precios «tasada», lo que implicaba que, «obviamente, el taxímetro permanecía apagado durante el servicio».

«Y no es solo que la normativa nacional y autonómica», indican a Ep, «establezca una libertad de pacto de precio que, en el peor de los casos, quedaría limitada únicamente al alza en aquellas comunidades autónomas en las que se han fijado tarifas, sino que además se da la circunstancia de que en el término municipal en el que se cometió la supuesta infracción, a la fecha de la misma no existían tarifas urbanas aprobadas».

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La Dirección General de Transportes del Gobierno de Cantabria ha sancionado con 601 euros a un taxista de Cabezón de la Sal por «no aplicar una tarifa inexistente en su municipio», según asegura la Federación Cántabra del Taxi.

La multa fue impuesta por una «infracción grave» en 2018 cuando, de acuerdo con el colectivo profesional, el Ayuntamiento no tenía autorizadas las tarifas urbanas.

En este sentido, la agrupación explica que hasta el 31 de enero de 2019 no entró en vigor la Ordenanza Municipal reguladora del servicio de Autotaxi del Consistorio de Cabezón de la Sal.

Por tanto, hasta esa fecha existía en el municipio «la consabida libertad de pacto de precio», bajo la fórmula de Lista de precios predeterminada , algo auspiciado -señalan los taxistas a esta agencia- por la propia administración local.

Así, insisten en que hasta la modificación de la ordenanza había un acuerdo con el Ayuntamiento con una lista de precios «tasada», lo que implicaba que, «obviamente, el taxímetro permanecía apagado durante el servicio».

«Y no es solo que la normativa nacional y autonómica», indican a Ep, «establezca una libertad de pacto de precio que, en el peor de los casos, quedaría limitada únicamente al alza en aquellas comunidades autónomas en las que se han fijado tarifas, sino que además se da la circunstancia de que en el término municipal en el que se cometió la supuesta infracción, a la fecha de la misma no existían tarifas urbanas aprobadas».

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La Dirección General de Transportes del Gobierno de Cantabria ha sancionado con 601 euros a un taxista de Cabezón de la Sal por «no aplicar una tarifa inexistente en su municipio», según asegura la Federación Cántabra del Taxi.

La multa fue impuesta por una «infracción grave» en 2018 cuando, de acuerdo con el colectivo profesional, el Ayuntamiento no tenía autorizadas las tarifas urbanas.

En este sentido, la agrupación explica que hasta el 31 de enero de 2019 no entró en vigor la Ordenanza Municipal reguladora del servicio de Autotaxi del Consistorio de Cabezón de la Sal.

Por tanto, hasta esa fecha existía en el municipio «la consabida libertad de pacto de precio», bajo la fórmula de Lista de precios predeterminada , algo auspiciado -señalan los taxistas a esta agencia- por la propia administración local.

Así, insisten en que hasta la modificación de la ordenanza había un acuerdo con el Ayuntamiento con una lista de precios «tasada», lo que implicaba que, «obviamente, el taxímetro permanecía apagado durante el servicio».

«Y no es solo que la normativa nacional y autonómica», indican a Ep, «establezca una libertad de pacto de precio que, en el peor de los casos, quedaría limitada únicamente al alza en aquellas comunidades autónomas en las que se han fijado tarifas, sino que además se da la circunstancia de que en el término municipal en el que se cometió la supuesta infracción, a la fecha de la misma no existían tarifas urbanas aprobadas».

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