La Fiscalía se opone a reducir la pena de 23 años al condenado por asesinar a su madre

El hombre dice que se «arrepiente» y que «no quería matar» a su madre, pero que en ese momento «no era yo»

La Fiscalía y la acusación particular se han opuesto al recurso presentado por la defensa del hombre condenado a 23 años de prisión por matar a su madre de casi 80 años en el domicilio familiar de Santander, en el que solicita que se reduzca la pena y que se dicte otra sentencia sin la circunstancia de ensañamiento, ya que a su juicio, el asesinato se debió a una «reacción patológica» de su «problema claro de salud mental» y «no fue deliberado».

En opinión de la defensa del condenado, cuyo juicio se celebró el pasado mes de febrero, «no hay pruebas» de que los hechos se produjesen con «intencionalidad» y «deliberación», razones, entre otras, por las que el jurado popular le declaró culpable por unanimidad y la Audiencia Provincial de Cantabria le impuso una pena de 23 años de cárcel por un delito de asesinato con ensañamiento.

De hecho, el propio condenado, Rafael L., tras defender ambas partes sus posiciones en la vista celebrada hoy en la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) para abordar el recurso de la defensa, se ha declarado «inocente» y ha manifestado que en el momento del asesinato «no era yo», que se «arrepiente» y que «no quería matar» a su madre.

En concreto, en el recurso se solicita una nueva sentencia sin que concurra la circunstancia de ensañamiento, y se declare la exención de responsabilidad, al entender que se da la eximente plena de anomalía psíquica.

Si no prosperara esta petición, la defensa solicita, subsidiariamente, que se le considere autor de un delito de asesinato sin que concurra el ensañamiento y que se le reconozca la eximente incompleta de alteración psíquica, de modo que la pena sea de siete años y medio de prisión.

Finalmente, en caso de que esta segunda petición tampoco sea acogida por el tribunal, pide que se le reconozca la circunstancia atenuante analógica de alteración mental, de modo que la pena quede en 15 años de prisión.

Sin embargo, Fiscalía y acusación particular se han mostrado en desacuerdo, y han insistido en que se desestime y la condena se confirme, ya que, basándose en las declaraciones de los forenses que participaron en el juicio, aunque el hombre «tenía trastornos» de personalidad y de bipolaridad, «eso no afectó», y los hechos fueron «de gran violencia» e «intencionados».

En concreto, han señalado que Rafael L. relató lo ocurrido «de manera detallada» y con el «juicio conservado» -según el informe de los psiquiatras que le atendieron justo después del asesinato-, y diciendo lo que había pensado en aquel momento: «te voy a destrozar».

Además, en base a las declaraciones y las evaluaciones psiquiátricas de los forenses, han defendido que «no hay relación causal alguna» de que los hechos se produjesen por un brote psicótico, y pese a que «nadie niega sus trastornos», el hombre «fue dado de alta a las dos horas de los hechos», cuando un brote, según ilustraron los forenses en el juicio, tiene «una duración mínima de 24 horas».

«No está probado que su capacidad estuviese afectada», ha subrayado la representante del Ministerio Fiscal, quien también ha hecho hincapié en que el jefe de Psiquiatría del Hospital Valdecilla, Jesús Artal, que llevó a cabo un informe pagado por la defensa, «también dudaba de una reacción patológica».

Y es que el abogado defensor ha pedido previamente que el informe de un «prestigioso» psiquiatra como Artal «se tiene que hacer valer», ya que consideraba el trastorno del condenado como «grave» y que afectaba a sus capacidades cognitivas y volitivas, pero, ha dicho, el jurado hizo «caso omiso» de ese informe. «En la sentencia nos estamos olvidando de que es un enfermo mental», ha incidido.

Al respecto, el letrado de la acusación particular (que ejerce el hermano del condenado e hijo de la víctima) ha coincidido con la Fiscalía en su intención de ratificar la condena por un delito de asesinato con ensañamiento, y cree que, aunque «no se duda de su profesionalidad», Artal «no tuvo el suficiente tiempo» para su evaluación, ya que el informe fue realizado días antes del juicio y genera una duda «más que razonable».

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