La Dirección de Apoyo a Víctimas del Terrorismo niega que se trabaje en un cambio legal para excarcelar a presos de ETA
La Dirección General de Asistencia y Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, dependiente de Ministerio del Interior, ha negado que el Gobierno trabaje en un cambio legal para excarcelar a presos de ETA descontándoles los años que han cumplido condena en otros países como Francia.
En concreto, la Dirección General ha enviado un correo electrónico a las asociaciones y fundaciones, consultado por Europa Press, en el que señala que los cambios se refieren a trasposiciones de directivas europeas, pero que «no existe ninguna iniciativa para modificar la regulación que se refiere a los efectos jurídicos de las resoluciones condenatorias dictadas en otros Estados de la Unión Europea».
El cambio legal se relaciona con el «avance en la interoperabilidad de bases de datos con otros países de la UE», particularmente en lo que se refiere a los registros de antecedentes penales.
El pasado viernes la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) convocó una rueda de prensa para el 4 de febrero para denunciar la reforma legal que «prepara» el Gobierno de Pedro Sánchez para reducir los años de condena de 50 presos de la banda terrorista ETA al descontarse las penas cumplidas en Francia.
La asociación se refería a una reforma legal que «no sólo favorece la impunidad, si no que supone una nueva humillación para las víctimas del terrorismo», puesto que se basa en «un fraude de ley» de lo dictado en la materia por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). El cambio se fundamentaba en leyes como la 7/2014, que impide a los etarras acogerse a una normativa europea de 2008 para descontarse los años de prisión si ya se ha cumplido condena en otro país de la Unión Europea.
CONSULTA AL MINISTERIO DE JUSTICIA
La Dirección General dependiente del Ministerio del Interior sostiene que la inclusión en el Plan Anual Normativo del Anteproyecto de Ley para modificar la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, se refiere al intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea.
Menciona que, una vez consultado al Ministerio de Justicia sobre el alcance del citado anteproyecto, este departamento ministerial les ha comunicado que la propuesta responde al cumplimiento de la obligación de transponer al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/884, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019.
En concreto, se modifica la Decisión Marco 2009/315/JAI del Consejo en el que respecta al intercambio de información sobre nacionales de terceros países y al Sistema Europeo de Antecedentes Penales (ECRIS) y por la que se sustituye la Decisión 2009/316/JAI del Consejo (Directiva ECRIS).
A tales efectos, el Ministerio de Justicia está elaborando un anteproyecto de ley que modifica la Ley 7/2014, de 12 de noviembre, en cuestiones relacionadas con el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS). Según el escrito de la Dirección General, afecta «solo en cuestiones relacionadas con el intercambio de información sobre antecedentes penales entre el Registro Central de Penados y las autoridades responsables de los registros nacionales de los Estados miembros».
«En consecuencia», aclara, «no existe ninguna iniciativa para modificar la regulación que se refiere a los efectos jurídicos de las resoluciones condenatorias dictadas en otros Estados de la Unión Europea».
Con esta transposición, justifica el Gobierno, «se avanza en la interoperabilidad de bases de datos con otros países de la UE, particularmente en lo que se refiere a los registros de antecedentes penales, con el objetivo de promover y agilizar la cooperación jurídica entre los países en la lucha contra la delincuencia, al tiempo que se contribuye a la construcción de un espacio común de libertad, seguridad y justicia en el seno de la UE».