El Congreso fija servicios mínimos para atender las «tareas esenciales» por la huelga del 8 de marzo

La Secretaría General del Congreso ha fijado unos servicios mínimos para atender las «tareas esenciales» de la institución durante la jornada de huelga feminista convocada para el próximo 8 de marzo, jornada en la que ningún órgano de la Cámara Baja tiene programado actos a priori.

En la resolución, publicada este martes en el Boletín de las Cortes Generales (BOCG) y con fecha del 28 de febrero, el Congreso señala que el legítimo derecho de huelga debe ejercitarse garantizando la celebración y desarrollo de las reuniones de los órganos de la Cámara, que se realizan «en representación directa del pueblo español, en quien reside la soberanía nacional».

Así, la Secretaría General enumera una serie de puestos del personal del Congreso que deberán prestar servicios mínimos durante la jornada de protesta, como un ujier que atienda a la presidenta de la Cámara, Ana Pastor.

Además, estarán obligados a acudir a su puesto de trabajo la directora de asistencia técnico-parlamentaria, la responsable de su Secretaría y un asesor jurídico parlamentario, y diverso personal de los departamentos de Registro y Distribución de Documentos.

SEIS TAQUÍGRAFAS Y ESTENOTIPISTAS

Pese a que hasta el momento no está prevista ninguna convocatoria parlamentaria, en este último departamento deberán cubrir los servicios esenciales, entre otros, la jefa del mismo, la directora de comisiones, la responsable del área de tratamiento administrativo de la base de datos y la jefa de redacción del Diario de Sesiones, y junto a todas ellas personal administrativo, tres redactores de comisión, seis taquígrafas y estenotipistas.

También deberán trabajar la jornada del 8 de marzo diversos trabajadores del área de Prensa; de Relaciones Internacionales; Recursos Humanos; Estudios, Análisis y Publicaciones; Biblioteca y Archivo; Relaciones Institucionales; y de la Junta Electoral Central.

Asimismo, se establecen servicios mínimos en el área de informática, en el departamento encargado del mantenimiento de los edificios e instalaciones del Congreso, así como en de las comunicaciones telefónicas y telegráficas de emergencia. Además, deberá acudir a trabajar un médico y un ATS para cada turno, y hasta siete ujieres para cubrir el control de acceso a los edificios parlamentarios.

AVISA DE SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

La resolución de la Secretaría del Congreso señala en su resolución que los funcionarios y trabajadores contratados designados para la realización de estos servicios mínimos deberán prestar los mismos en el puesto que se les haya asignado.

Eso sí, recalca que los trabajadores designados para ocupar los puestos «no singularizados» podrán ejercer el derecho de huelga, una vez que se acredite su sustitución durante la jornada de huelga por otros que ocupen puestos con idénticas funciones y horario.

También advierte a los empleados de la casa que incumplan la obligación de atender los servicios esenciales de que se les aplicará las sanciones disciplinarias establecidas en el Estatuto del Personal de las Cortes Generales y el Estatuto Básico del Empleado Público.

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