La CNMC investiga posibles prácticas anticompetitivas en el sector de las mudanzas internacionales en España


La investigación tiene su origen en la vigilancia del expediente sancionador de 2016, en el que Competencia multó a 15 empresas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha informado este miércoles que está investigando posibles prácticas anticompetitivas en la prestación de servicios de mudanzas internacionales en España.

En concreto, el organismo presidido por Cani Fernández ha indicado que «se investiga el reparto de mercados, la fijación de precios y/o de condiciones comerciales y el intercambio de información comercial sensible entre empresas del sector».

En este contexto, afectarían al transporte de mobiliario y enseres de puerta a puerta, tanto en exportaciones –de España hacia otros países– como en importaciones –de otros países hacia España– y traslados entre terceros países.

Estas prácticas anticompetitivas podrían constituir una infracción de los artículos 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), además de un posible incumplimiento de la resolución sancionadora de 6 de septiembre de 2016 (S/DC/0544/14).

EXPEDIENTE SANCIONADOR Y NUEVAS ACTUACIONES DE LA CNMC

En 2016 la CNMC sancionó a 15 empresas de mudanzas por prácticas anticompetitivas similares a las que ahora se investigan (S/DC/0544/14). La Audiencia Nacional confirmó esta resolución en lo que a la conducta se refiere.

La CNMC abrió posteriormente un expediente de vigilancia para garantizar que las empresas sancionadas cumplieran la resolución y cesaran sus prácticas.

En el marco de esa vigilancia, la CNMC detectó nuevos indicios de posibles conductas restrictivas de la competencia. Como resultado, entre los días 20 y 23 de octubre de 2025 realizó inspecciones domiciliarias en las sedes de varias empresas que operan en el sector de mudanzas internacionales.

Estas inspecciones constituyen un paso preliminar dentro de la investigación y no implican prejuzgar el resultado ni la responsabilidad de las empresas afectadas. En caso de que se confirmen indicios de prácticas prohibidas por la LDC y por el TFUE, la CNMC podría iniciar un expediente sancionador.

La CNMC ha recordado que tanto los acuerdos entre competidores como el incumplimiento de las resoluciones de la CNMC constituyen infracciones muy graves de la LDC, que pueden ser sancionadas con multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras.

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