La Audiencia suspende el juicio contra Cascos por apropiación indebida por coincidencia de señalamientos
OVIEDO, 9
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha suspendido la vista oral contra el expresidente del Principado y exministro, Francisco Álvarez-Cascos prevista para el 31 de mayo y 1 y 2 de junio por un delito de apropiación indebida por presuntamente cargar gastos personales al partido que fundó en el Principado, Foro Asturias.
El juicio se ha sido suspendido por coincidencia de señalamientos notificados previamente por los abogados de ambas partes. El juicio aun no ha sido señalado de nuevo.
La Fiscalía del Principado de Asturias sostiene que la cantidad de 181.648,92 euros es la suma total del dinero que considera que el acusado presuntamente incorporó a su patrimonio y eleva a 3 años y 6 meses de prisión su petición de condena por un delito continuado de apropiación indebida.
LOS HECHOS
Según la Fiscalía, el acusado ostentó diversos cargos de relevancia en el partido político Foro de Ciudadanos (FAC) desde su constitución, en febrero de 2011. En los meses inmediatamente anteriores a la constitución de este partido, al acusado se le realizó una oferta profesional, encaminada a liderar un proyecto político. Esta oferta económica en ningún caso incluía gastos de carácter personal, gastos de libre disposición sin sujeción a autorización del partido, ni gastos de comidas no relacionadas con la actividad política.
Una vez aceptada la oferta profesional, el acusado fue nombrado presidente del partido desde su primer congreso, que tuvo lugar el 5 de marzo de 2011, y hasta el 14 de marzo de 2015, momento en que pasó a ostentar el cargo de secretario general, hasta el 15 de noviembre de 2019.
En el partido, desde su origen, no se había nombrado tesorero y la comisión directiva, como órgano de máxima relevancia en su funcionamiento, se centraba principalmente en la actividad política, delegando tal función 4 económica de facto y despreocupándose del sistema ofrecido a la máxima figura de la formación. En realidad, se establecían criterios de confianza y de responsabilidad personal en la utilización de los recursos económicos del partido, sumado a la existencia de fiscalización por parte del Tribunal de Cuentas (que se limitaba a aspectos de mayor envergadura y no analizaba el sistema de gastos), explica la Fiscalía en su escrito.
A ello se sumaba la existencia de un procedimiento basado en la confianza, conformado por ciertas personas que ejercían la gestión y control del gasto, si bien, dado que no ostentaban la función de tesorero, su labor se centraba en el correcto funcionamiento formal, sin supervisión de la oportunidad o corrección del gasto. Se trataba, por tanto, de personal con competencias para abonar los gastos pero no de fiscalizarlos y que, tras gestionarlos, los pasaban a un supuesto filtro de firma y autorización, que era automático, basado en la confianza y huérfano de toda calificación sobre la procedencia o improcedencia de los cargos.
Según el escrito del Ministerio Público, «el acusado era plenamente conocedor de este sistema de pagos de los justificantes que remitía y mantuvo el mismo como máximo responsable del partido e integrante de la comisión directiva (pues no en vano era el principal beneficiario del mismo). De este sistema se sirvió el acusado para cargar al partido una serie de gastos no relacionados con su actividad política, de carácter personal, propio o de sus familiares, utilizando los recursos del partido como propios».
«Y de este modo desvió ciertas cantidades hacia su patrimonio personal o de sus personas vinculadas. Así, entre el 15 de mayo de 2011 y el 16 de octubre de 2017, el acusado cargó a las cuentas del partido gastos de carácter personal, no relacionados con su actividad política, que suman en su totalidad la cantidad de 7.793,22 euros», sostiene la Fiscalía.
Entre ellos, gastos de procurador por asunto político previo relacionado con otro partido político y procurador por asunto personal; psicotécnico; zapatos, gastos de cuatro desplazamientos a la localidad de A Coruña y gastos de hotel y alimentación; hotel de un familiar; pedidos de comida a domicilio particular y a 5 nombre de familiares; un juego de videoconsola; billetes de AVE; entradas para la Copa Davis, para el Museo Thyssen y para el Museo del Prado; una cama completa, compuesta por colchón, patas y canapé, además de una moqueta, tapicería y visillos; o gastos de restaurantes en localidades de veraneo, hamburguesería y pizzería.
La Fiscalía, también sostiene que el acusado fue administrador de la mercantil XXX hasta el 8 de julio de 2011. En esa fecha cesó formalmente, por incompatibilidad con el cargo de presidente del Principado de Asturias, que asumió el 16 de julio, aunque en realidad mantuvo su control y gestión. A su vez, XXX era propiedad de la mercantil YYY, sociedad constituida por su entonces cónyuge el 27 de febrero de 2004, ya que el acusado no podía realizar actividades mercantiles por ser entonces ministro de Fomento. No obstante, se trataba de una sociedad que era gestionada de facto y utilizada como una sociedad de su capital por el acusado.
XXX era propietaria de un inmueble situado en el Paseo de la Castellana de Madrid, destinado al alquiler de oficinas, que había sido objeto de compra mediante un leasing y tenía pignoradas las rentas de los alquileres para su pago.
El acusado, con la finalidad de recibir unos ingresos adicionales a los que recibía del partido, ideó la formalización de un contrato de arrendamiento de una oficina de forma ficticia para documentar el pago de unas cantidades en concepto de renta del alquiler. Para evitar cualquier control sobre el mismo, lo hizo a escondidas de la comisión directiva del partido. De este modo, el 30 de septiembre de 2012, se alquiló una oficina por importe de 2.404 euros mensuales y una plaza de garaje por 225 euros al mes.
A su vez, el 28 de enero de 2013 se formalizó el contrato por el alquiler de un despacho doble por importe de 3.600 euros al mes y de dos plazas más de garaje, por importe de 450 euros. El contrato fue renovado al año siguiente y mantenido hasta su resolución, el 31 de diciembre de 2014.
Fruto de estos contratos ficticios, Foro abonó a XXX 173.855,70 euros. Así, la suma total de dinero incorporada al patrimonio del acusado es de 181.648,92 euros.