La Audiencia Nacional condena a Ryanair por vulnerar el derecho de huelga de sus trabajadores en 2009

También indemnizará a los sindicatos USO y Sitcpla con 30.000 euros a cada uno por vulnerar el derecho a libertad sindical

La Audiencia Nacional ha condenado a Ryanair por vulnerar los derechos de libertad sindical de Unión Sindical Obrera (USO) y Sindicato de Tripulantes de Cabina de Pasajeros de Líneas Aéreas (Sitcpla) y el derecho de huelga de los trabajadores que participaron en los paros convocados los días 1, 2, 6, 8, 13, 15, 20, 22 ,27 y 29 de septiembre de 2019.

De esta forma, la sentencia condena a la aerolínea a indemnizar a cada sindicato con 30.000 euros y a reponer a los trabajadores de la huelga de septiembre de 2019 el bonus de productividad mensual por importe de 150 euros mensuales, del que solo se deducirá la cantidad 5 euros por cada día de participación en dicha huelga.

Esta sentencia hace referencia a las jornadas de huelga convocadas en septiembre de 2019 contra el cierre de las bases de Tenerife, las Palmas de Gran Canaria y Girona y las extinciones de contratos de trabajo anunciadas por Ryanair, que afectarían a todos los tripulantes que prestaban servicios en esas bases.

Tras analizar los hechos denunciados por USO y Sitcpla, el tribunal ha acreditado que el empresario «tomó decisiones intrusivas» en el ejercicio de la huelga y, en consecuencia, en el derecho de libertad sindical de las organizaciones convocantes.

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