La Audiencia de Cantabria rechaza rebajar la pena a dos condenados a 15 años por violación
Decide mantener la pena máxima, que tanto con la nueva ley del solo sí es sí como con la anterior es de 15 años
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rechazado rebajar la pena de 15 años de prisión impuesta por el Tribunal Supremo a dos condenados por violación en el año 2014.
En un auto de este 14 de febrero, al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia desestima la petición de revisión de penas que hicieron sus dos defensas en base a la aplicación de la nueva ley del solo sí es sí .
Como exponen los magistrados, las penas que podían imponerse a los condenados por los hechos que cometieron oscilaban según la anterior redacción del Código Penal entre los 13 años y 6 meses y los 15 años de cárcel, y conforme a la ley actual van de los 11 años y un día a los 15 años. Es por ello que, como ocurrió la vez anterior, optan «por coherencia y seguridad jurídica» por mantener la pena máxima.
«El Tribunal Supremo cuando dicta sentencia no valora ningunacircunstancia que permita ponderar las penas, y pese a que podría haberse impuesto una pena inferior, decide […] dada la gravedad de los hechos, imponer la pena máxima sin ningún tipo de modulación».
«Por coherencia y seguridad jurídica, si tampoco en estos momentos han cambiado las circunstancias y de dicha resolución no se encuentra justificación alguna para rebajar esa pena máxima, puesto que, con la nueva regulación, la pena a imponer también como máximo puede ser de 15 años, no se encuentra razón alguna para reducir la misma», señala el auto, contra el que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).
Estos procesados fueron condenados primero en 2013 por la Audiencia Provincial a 13 años de cárcel, y posteriormente, tras presentar sendos recursos y llegar al Tribunal Supremo, éste elevó sus penas a 15 años.