Junts dejará pasar la ley de alquileres de temporada, pero avisa que sólo para empezar a negociar


El PSOE y PNV confirman que también apoyarán que el Congreso tramite la ley impulsada por el Sindicato de Inquilinas

La diputada de Junts en el Congreso Marta Madrenas ha confirmado que su formación votará este martes a favor de que se admita a trámite la ley para regular el alquiler de temporada y de habitaciones, pero ha avisado que sólo para empezar a negociar el texto, pues lo consideran un «retoque legislativo» que implicará «liar más» a la gente.

Es la segunda vez que la Cámara Baja debate esta iniciativa, la anterior ocurrió el 17 de septiembre. En aquella ocasión, los de Carles Puigdemont dijeron por la mañana que se iban a abstener y a última hora de la tarde decidieron pasarse al no , pues consideraban que invadía competencias autonómicas de vivienda e institucionalizaba el alquiler de temporada y de habitaciones la como la solución al problema de la vivienda.

Tras ese resultado, los grupos proponentes de la ley, que son Sumar, Esquerra Republicana (ERC), EH Bildu, BNG y Podemos, introdujeron cambios para dejar la claro el respeto competencial y establecer que el contrato de temporada no pueda exceder de nueve meses, frente a los seis de la ley original.

Ya este martes, la diputada de Junts ha confirmado que los cambios introducidos harán que su grupo vote a favor de admitir a trámite la propuesta. «Hemos accedido a hablar y a debatir sobre el alquiler de temporada», ha confirmado Madrenas, al tiempo que ha advertido que sólo dan su sí al debate, pero no al texto en sí porque no enfrenta el principal problema de la vivienda, que es la falta de inmuebles.

«Tienen que dejar de liar más la cuestión con continuos retoques legislativos de muy poco calado real, como el que hoy nos proponen. Lo que es necesario es aumentar a marchas forzadas el parque público», ha comentado desde tribuna Madrenas.

Por su parte, tanto PSOE como PNV han confirmado en el debate que también votarán a favor, por lo que sumarán los suficientes apoyos para admitir a trámite la norma.

REFORMA DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS

La norma consiste en una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos para equiparar los contratos temporales a los de vivienda habitual y así desincentivar su uso, más si cabe en zonas que se declaran tensionadas para rebajar los precios. Por otra parte, se crea la obligación por parte del arrendador de justificar la necesidad de temporalidad y, por tanto, de probarla en unos términos equivalentes a la legislación laboral.

Siempre que la duración exceda de nueve meses o se encadenen más de dos contratos consecutivos, se entenderá celebrado como un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, y le serán de aplicación todos los preceptos previstos para dichos contratos, incluido el plazo mínimo y las prórrogas previstas.

DESISTIMIENTO DEL CONTRATO CON AL MENOS SEIS MESES

Asimismo, el arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se le comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.

La norma dice que las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, el arrendatario deba indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año darían lugar a la parte proporcional de la indemnización.

En los contratos temporales, el arrendatario podría desistir del contrato de arrendamiento, una vez que haya transcurrido al menos un mes desde su formalización, comunicándolo al arrendador con diez días de antelación, sin que en ningún caso dé derecho a indemnización.

También se introduce una nueva disposición adicional duodécima para que, en los casos de las comunidades autónomas que hayan desarrollado legislación propia en materia de vivienda, será de aplicación «la normativa autonómica, respetando así la división competencial».

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