Guatemala endurece las condenas por abortar y limita el contenido LGTBI en escuelas
El Congreso de Guatemala ha aprobado una ley que endurece las penas por abortar, que serán superiores a los cinco años de cárcel, y que limita el contenido LGTBI en centros educativos, alegando que la educación de los niños compete en exclusiva a los padres.
La Ley para la Protección de la Vida y la Familia ha sido aprobada por algo más de un centenar de diputados afines a las tesis del presidente, Alejandro Giammattei, que se muestra contrario a cualquier aperturismo en el ámbito de la interrupción voluntaria del embarazo.
Guatemala sólo contempla el aborto espontáneo y el terapéutico, es decir, cuando la vida de la gestante corre peligro. Cualquier otro supuesto se castigaba hasta ahora con hasta tres años de prisión, pero con la nueva ley las penas pueden ir de los cinco a los 25 años, informa el diario Prensa Libre .
La reforma, impulsada en un inicio en el año 2017, establece como modelo de familia aquella en la que haya hombre, mujer e hijos, sin espacio por tanto para modelos LGTBI que quedan expresamente descartados en situaciones como la adopción.
Asimismo, cualquier contenido al margen de los valores conservadores queda fuera del currículum educativo, de tal manera que los niños y adolescentes no puedan tener en sus centros «políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género».
La ley prohíbe expresamente «enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano».
La Ley para la Protección de la Vida y la Familia ha generado malestar entre colectivos de mujeres y LGTBI y decenas de personas se han concentrado ante el Congreso para expresar su oposición. El procurador de Derechos Humanos guatemalteco, Jordán Rodas, ha anunciado durante esta protesta que presentará una acción de inconstitucional para tratar de frenar una medida que, en su opinión, supone «un retroceso a las libertades».