Bruselas da un ultimátum a España para transponer normas sobre tipos reducidos de IVA


BRUSELAS, 17

La Comisión Europea ha dado un ultimátum a España para adaptar a su legislación nacional dos normas europeas relativas a la reducción del IVA: una directiva que permite un uso más amplio de los tipos reducidos por parte de los Estados miembro y otra que alivia las obligaciones de cumplimiento de las pequeñas y medianas empresas (pyme).

El Gobierno tiene ahora dos meses para responder a esta carta de emplazamiento pero, si la Comisión considera que sus explicaciones son insuficientes podrá decidir elevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) e imponer multas.

Junto a España, Bruselas ha instado también a Bélgica, Bulgaria, Grecia y Rumanía a transponer las disposiciones obligatorias de la directiva sobre los tipos del IVA, que autoriza el uso de tipos cero para productos esenciales como alimentos, productos farmacéuticos y productos destinados a uso médico. Estos cinco países deberían haber adaptado las normas antes del 31 de diciembre de 2024.

Por otro lado, la Comisión ha pedido a Bulgaria, España, Grecia y Rumanía que transpongan plenamente las nuevas normas de la UE en materia de IVA para el régimen especial de las pyme, que permite a las pequeñas empresas vender bienes y servicios sin aplicar el IVA y alivia sus obligaciones de cumplimiento.

Además, las pequeñas empresas establecidas en un Estado miembro distinto de aquel en el que se devenga el IVA pueden eximir sus entregas del IVA del mismo modo que pueden hacerlo las pequeñas empresas establecidas en su propio país.

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