Gobierno amplía de 11 a 27 las comarcas donde productores de frutos secos recibirán ayuda asociada de la PAC


El decreto incluye también una ampliación del plazo para solicitar replantaciones de viñedos

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha aprobado este martes una ampliación en el ámbito de aplicación de la ayuda asociada de la Política Agraria Común (PAC) para los productores de frutos seco de secano en áreas con riesgos de desertificación, que pasan de 11 a 27 comarcas.

En concreto, esta ampliación se realiza mediante una modificación al Real Decreto 1048/2022 de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023 de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la PAC y la regulación de la solicitud única del Sistema Integrado de Gestión y Control.

La ayuda asociada a los frutos secos presenta unos requisitos que permiten focalizar el esfuerzo presupuestario en aquellos modelos productivos que presentan más dificultades de competitividad.

Agricultura ha señalado que con esta medida se da respuesta a una reivindicación del sector, que solicitaba considerar más zonas como susceptibles de ayudas, dado que en aquellas donde las precipitaciones tienen un carácter torrencial, el agua no es aprovechable por el cultivo, lo que condiciona su desarrollo y rendimiento y compromete su rentabilidad.

De hecho, los productores de almendro, avellano y algarrobo en secano en la península perciben la ayuda si el cultivo se realiza en una pendiente superior al 10%, o bien, en aquellos recintos con una pendiente inferior pero ubicados en una comarca con una precipitación anual media en los últimos 10 años menor a 300 milímetros (mm). En el caso de Baleares, el ámbito se amplió el año pasado a la totalidad de su territorio.

De esta forma, la modificación consiste en descontar de las medias anuales de precipitaciones que se consideran para establecer el derecho a la ayuda las lluvias de carácter torrencial por encima de 30 mm diarios. Para ello se ha considerado la información de precipitaciones diarias aportada por la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) sobre los últimos 10 años.

El importe de la ayuda queda dentro de los niveles establecidos en el Plan Estratégico de la PAC, por lo que se mantiene su objetivo. Esta ayuda se podrá solicitar ya para la campaña 2025, cuyo plazo de presentación comenzó el pasado 1 de febrero, ya que la modificación tiene carácter retroactivo.

De esta forma, las comarcas donde se aplicará esta ayuda son en Hellin (Albacete), en Alicante la zona Meridional, Central y Vinalopó; en Almería Campo Nijar y Bajo Andarax, Rio Nacimiento, Bajo Almanzora, Campo de Tabernas, Alto Almanzora, Campo Dalias, Alto Andarax y Los Vélez, mientras que en Castellón: La Plana y Litoral Norte.

En Granada las comarcas son las de Baza, La Costa y Guadix, la de Segriá en Lleida; la Ribera de Ebro en Tarragona; Sagunto, Huerta de Valencia y Campos de Liria en Valencia, mientras que las comarcas de Murcia serán las de Suroeste y Valle Guadalentin, Campo de Cartagena, Río Segura, Centro y Nordeste.

Por otro lado, el Consejo de Ministros también ha aprobado sendas modificaciones en la regulación sobre el potencial de producción vitivinícola (Real Derceto 1308/2024, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre).

Por un lado, se amplía el plazo para la presentación de autorizaciones de replantaciones de viñedos hasta el final de la quinta campaña vitícola siguiente a aquella en que haya tenido lugar el arranque, con el fin de adaptarlo a la nueva normativa de la Unión Europea.

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