Función Pública lanza una sección en su web para aclarar dudas sobre el decreto contra la temporalidad
El Ministerio de Política Territorial y Función Pública ha estrenado este jueves una nueva sección informativa en su página web, de nombre #ConLupa, con la que pretende resolver las dudas de los ciudadanos sobre las materias de su Departamento y «desterrar posibles bulos».
Este nuevo apartado arranca con una guía de preguntas frecuentes, con sus respectivas respuestas, sobre el Real Decreto-ley para reducir la temporalidad en el sector público, aprobado el martes en Consejo de Ministros y en vigor desde este jueves, ha informado el Ministerio que dirige Miquel Iceta.
Esta guía consta de 15 apartados, algunos en formato pregunta/respuesta y otros en forma de desmentido, como, por ejemplo, que la ejecución de esta norma supondrá un gasto millonario innecesario.
El Real Decreto-ley para reducir la temporalidad en el sector público se pactó el lunes con CCOO, UGT y CSIF, se aprobó el martes en el Consejo de Ministros y ha entrado en vigor hoy mismo.
Las medidas contempladas en la norma afectarán a todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y que no se hayan visto incluidas en los procesos de estabilización previstos en los acuerdos para la mejora del empleo público de los años 2017 y 2018.
De hecho, gracias a esta norma, fruto del acuerdo con CCOO, UGT y CSIF, más de 300.000 plazas estructurales ocupadas por interinos se convertirán en fijas antes del 31 de diciembre de 2024 como fecha límite improrrogable.
Por otro lado, los procesos se desarrollarán a través de concurso-oposición, con una valoración de la fase de concurso, por primera vez en la historia de las ofertas de empleo público, de un 40% en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente.
Los mecanismos de movilidad o de promoción interna previos de cobertura de plazas serán compatibles con los procesos de estabilización. Para quienes no superen los procesos de estabilización, las convocatorias de estabilización podrán prever su inclusión en bolsas de interinos específicas o su integración en bolsas ya existentes.
En estas bolsas, se integrarán los candidatos que habiendo participado en el proceso selectivo correspondiente, y no habiendo superado este, sí hayan obtenido una puntuación que la convocatoria considere suficiente.
COMPENSACIÓN DE 20 DÍAS POR AÑO TRABAJADO
Según el Real Decreto, quienes no superen la oposición tendrán una compensación económica de 20 días de sus retribuciones fijas por año trabajado, hasta un máximo de 12 mensualidades.
El derecho a esta compensación nacerá a partir de la fecha del cese efectivo y la no participación en el proceso selectivo no generará compensación alguna.
En el caso del personal laboral temporal, la compensación consistirá en la diferencia entre el máximo de 20 días y la indemnización que le correspondiera percibir por la extinción de su contrato, prorrateándose por meses los períodos inferiores a un año, hasta un máximo también de 12 mensualidades.