Fiscalía justifica su retirada de acusación del caso Cursach: «Le hemos dado mil vueltas, no hay quien lo sostenga»
PALMA, 30
Fiscalía ha justificado este miércoles su retirada de acusación del caso Cursach al considerar que los hechos, en los que inicialmente se basaba su escrito de acusación, no han podido ser probados. «Le hemos dado mil vueltas, no hay quien lo sostenga», ha indicado el fiscal Tomás Herranz durante el juicio.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares ha acogido este miércoles una nueva sesión del juicio del caso Cursach, en la que el Ministerio Público, defensa y acusación particular han presentado sus informes.
Cabe recordar que en la causa únicamente quedan imputados dos agentes de la Policía Local, después de que el martes se absolviera al resto de acusados, entre ellos el empresario mallorquín Bartolomé Cursach y el director general del Grupo Cursach, Bartolomé Sbert.
Sobre los dos agentes, la única acusación particular que queda en la causa –el resto retiraron oficialmente su acusación al considerar que no hay signo incriminatorio– pide dos años de cárcel por delitos de coacciones.
Durante el juicio, Herranz ha aclarado los motivos por los que, en su caso, retiran la acusación y ha repasado algunos detalles de su escrito, firmado por él mismo y por el fiscal Juan Carrau, que considera que no han quedado probados.
«Esta causa se inicia por un delito de cohecho, con una deducción de testimonio por un supuesto cohecho de una funcionaria de un ayuntamiento, al que se añaden otros cohechos con los que se había pagado a policías locales», ha recordado Herranz, señalando que uno de estos sobornos eran supuestos «servicios sexuales gratuitos».
Con todo, esta cuestión se excluyó inicialmente del escrito de acusación «porque era poco creíble y porque no se había propuesto ninguna prueba», ha explicado al Tribunal.
Por otro lado, el fiscal se ha referido a un informe realizado por Guardia Civil en el que se hacía mención a supuestos pases VIP de policías para el gimnasio Megasport. Sin embargo, ha destacado que en dicho listado aparecen personas que no eran clientes, porque no aparecían en la base de datos del local. «No tenían pase VIP personas que han estado aquí acusadas, mientras no están acusados otros policías que sí tenían pase VIP», ha sentenciado.
En relación a las inspecciones realizadas por la Patrulla Verde a locales que, supuestamente, eran competencia del Grupo Cursach, el Ministerio Público ve acreditado que, «dada la prueba practicada por las defensas y no en la instrucción, las inspecciones estaban justificadas, no eran arbitrarias».
El fiscal ha hecho también referencia a los cierres de algunos locales, inicialmente contemplados en el escrito de acusación, argumentando ahora que están justificados, ya sea por las licencias que ostentaban o por ubicarse en zonas de protección especial por estar acústicamente contaminadas, como La Lonja.
Sobre la orden que supuestamente recibieron algunos agentes de avisar cuando se hicieran inspecciones en Playa de Palma, y que señalaba al acusado Bartolomé Capó, Herranz ha sostenido que «todos los policías locales testigos que han declarado informaron que la instrucción venía de otros cargos superiores, anterior a que él –el procesado– empezara a ser responsable de unidad o accediera a la Patrulla Verde».
El fiscal ha continuado desgranando partes del escrito de acusación, reiterando que son hechos que no han podido ser probados, al tiempo que ha hecho continuas alusiones a las supuestas presiones ejercidas en la fase de instrucción por el juez Manuel Penalva y el fiscal Miguel Ángel Subirán.
DEDUCCIÓN DE TESTIMONIO
Cabe recordar que Fiscalía pidió, en la sesión del martes, una nueva línea de investigación sobre Penalva, Subirán y una inspectora de Blanqueo, al considerar que la fase de instrucción estuvo «alejada de los principios básicos de lo que debe ser una investigación penal».
En este punto, solicitaron la deducción de testimonio de cuatro testigos y, sobre uno de ellos, Herranz ha detallado este miércoles que piden que se investigue, concretamente, el motivo de su arresto y encarcelación durante la fase de instrucción, «en base a que él manifestó –en la vista oral– que en el momento de su detención no fue mencionado de los hechos que se le imputaban».