El BOE publica una orden con nuevas medidas para ampliar la contratación de personal sanitario
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una orden del Ministerio de Sanidad que adopta medidas en materia de recursos humanos y medios para responder «con la necesaria agilidad a la creciente demanda asistencial» por la crisis sanitaria del coronavirus, fijando nuevos criterios para la contratación de profesionales.
En primer lugar, la orden, que entra en vigor este mismo lunes, fija que se podrán adaptar los itinerarios formativos de los residentes que presten servicios en aquellas unidades en las que se precise un refuerzo del personal derivado de las necesidades asistenciales. En estos casos, se les formará para que adquieran competencias en control de las enfermedades y las situaciones de emergencia.
De la misma forma, se determina que los residentes que se encuentren en otra comunidad autónoma realizando una rotación externa podrán permanecer en el centro sanitario en el que se encuentren, salvo que se determine la finalización de la rotación.
Además, se podrá autorizar la prolongación de la estancia más allá de los meses permitidos dentro de cada periodo de evaluación anual, permaneciendo en la misma unidad, o autorizando una nueva rotación que tenga como objetivo la adquisición de competencias en control de las enfermedades y las situaciones de emergencia, independientemente del año de residencia y de la especialidad.
Las comunidades autónomas podrán determinar que los residentes de cualquier especialidad que no estén en el último año de formación presten servicios en unidades en las que se precise refuerzo de personal por las necesidades organizativas y asistenciales. Las unidades podrán estar en su mismo centro, en centro diferente de la misma comunidad autónoma o de distinta comunidad autónoma.
Igualmente, y de forma excepcional, los residentes de cualquier especialidad que no estén en el último año de formación podrán trasladarse a unidades no acreditadas para la docencia. «Los responsables de formación sanitaria especializada designarán colaboradores docentes, con carácter temporal, atendiendo a criterios de experiencia, competencia y demostrada buena práctica profesional, para que puedan tutorizar a los residentes durante el tiempo de prestación de servicios», se recoge. De la misma manera, podrán designarse colaboradores docentes, con caráctertemporal, en unidades cuyos tutores acreditados puedan no tener plena disponibilidad para desarrollar su labor docente.
La orden también dispone que se podrá contratar a todos los profesionales, de cualquier titulación (y no solo médicos como hasta ahora), que realizaron las pruebas selectivas en 2018 para el acceso en el año 2019 a plazas de formación sanitaria especializada y que, habiendo superado la puntuación mínima en el ejercicio, no resultaron adjudicatarios de plaza. La misma norma se aplica a los que realizaron las pruebas en 2019 y superaron la puntuación mínima sin conseguir plaza.
Por último, la orden establece que las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas podrán suscribir contratos laborales de duración determinada, de auxilio sanitario, destinados a estudiantes en su último año de formación de las profesiones sanitarias de otras especialidades, así como de estudiantes de último año del área sanitaria de formación profesional. Su contrato deberá indicar que se desarrolla en calidad de apoyo y bajo supervisión de un profesional sanitario.